Decreto N° 260/02

FirmantesIbarra-Stern-Pesce-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición11 de Marzo de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 260/ 02

CREA LA RESIDENCIA POST-BÁSICA TRAUMA PEDIÁTRICA. LLAMA A CONCURSO PARA CUBRIR CARGOS DE RESIDENTES DE PRIMER AÑO CICLO LECTIVO 2002 DE LOS SISTEMAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, DE APOYO AL EQUIPO DE SALUD, Y DE ENFERMERÍA

Buenos Aires, 11/03/2002

Visto el Expediente N° 891/02 y,

CONSIDERANDO:

Que los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud aprobado por Ordenanza N° 40.997 (B.M. N° 17.720), de Apoyo al Equipo de Salud aprobado por Ordenanza N° 41.793 (B.M. N° 17.969) y de Enfermería aprobado por Ordenanza N° 45.146 (B.M. N° 19.142), sus modificatorias y Decretos reglamentarios, constituyen sistemas remunerados de capacitación de postgrado;

Que por aplicación de los artículos 4° de la Ordenanza N° 40.997, 5° de la Ordenanza N° 41.793 y 4° de la Ordenanza N° 45.146 queda establecida la obligatoriedad del ingreso por Concurso para cubrir plazas de Residentes, siendo el Organo Ejecutivo responsable del Llamado a Concurso anual, por lo que en consecuencia, surge la necesidad de dictar la norma legal que determine las especialidades a concursar y la cantidad total de cargos;

Que la Secretaría de Salud, a través de la Dirección de Capacitación, ha organizado el Llamado a Concurso para el Ciclo Lectivo 2002, debiendo fijar mediante la correspondiente reglamentación, las áreas y cupos correspondientes a cada Residencia, como así también, las condiciones y cronogramas que regularán el desarrollo del mismo;

Que asimismo, los avances en los conocimientos de la especialidad Trauma para el área quirúrgica de Pediatría, con gran influencia en la misma, hacen que resulte absolutamente necesario capacitar profesionales pediatras en dicha especialidad;

Que a tales efectos, procede crear la residencia Trauma Pediátrica para profesionales con residencia completa en Cirugía Pediátrica, conforme lo establecido por Ordenanza N° 43.316 (B.M. N° 18.506), que faculta al Organo Ejecutivo a crear nuevas especialidades y a establecer su tiempo de desarrollo, manteniendo de esta manera actualizados los Sistemas de Residencias;

Que tales medidas no generan mayor erogación, ya que las vacantes destinadas a esta especialidad se obtendrán de la redistribución de los cargos concursados;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de...

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