Decreto N° 265/02

FirmantesIbarra-Pesce-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 265/ 02

ESTABLECE QUE EL GCABA NO HARÁ USO DE LA OPCIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO SUSCRIPTO CON LA EMPRESA CATASTROS Y RELEVAMIENTOS SA UTE

Buenos Aires, 15/03/2002

Visto el Contrato Original aprobado por Decreto N° 1.312/91, Cláusula Supletoria del 2 de julio de 1992 aprobada por Decreto N° 1.511/92, Acta de Renegociación del 20 de agosto de 1993, ratificada por Decreto N° 1.557/93, Acta Acuerdo del 8 de septiembre de 1995, Acta Acuerdo celebrada con la Comisión Verificadora de Créditos de la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 632/GCBA/1997, Acta Acuerdo de noviembre de 2000 aprobada por Decreto N° 2.204/GCBA/2000, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 2.204/GCBA/2000 se aprobó el Acta Acuerdo suscripta entre el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Empresa Catastros y Relevamientos S.A. U.T.E.;

Que conforme lo dispuesto por el artículo segundo de la citada Acta Acuerdo se prorrogó el contrato por el término de 2 años, finalizando el día 4 de diciembre de 2002;

Que el citado artículo faculta a cualquiera de las partes para que manifieste por medio fehaciente su voluntad de no continuar la contratación, con una antelación no inferior a 180 días previos al 4 de diciembre de 2002;

Que por Decreto N° 654/GCBA/2001 se creó la Unidad de Sistemas de Información Geográfica del G.C.B.A., determinándose por Decreto N° 2.055/GCBA/2001, entre sus responsabilidades, la de coordinar con las distintas áreas del gobierno intervinientes en la materia, arbitrando las medidas necesarias para garantizar una transferencia adecuada de los productos elaborados por las empresas responsables del catastro de la ciudad, que permitan la ordenada recepción, el mantenimiento operativo del servicio y la continuidad de la gestión;

Que la Dirección General de Rentas dependiente de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires informa que no existen impedimentos para llevar adelante una migración segura y ordenada, propiciando la notificación fehaciente al prestador de la no continuidad de los servicios;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias;

El JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD

AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Déjase establecido que el...

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