Decreto N° 1381/01

FirmantesIbarra-Neri-Pesce-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Septiembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1381/ 01

CONTRATASE A PROFESIONALES COMO JEFES DE RESIDENTES Y COMO INSTRUCTORES DE RESIDENTES DEL SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

Buenos Aires, 14/09/2001

Visto el Expediente N° 5.072-2001 y Agregados y,

CONSIDERANDO:

Que a partir del 1° de junio de 2001, se inició el Ciclo Lectivo de las Residencias Hospitalarias 2001-2002;

Que los Regímenes que encuadran estos Programas de Capacitación de Post-Grado, contemplan entre otros, la prestación de los Jefes e Instructores de Residentes como supervisores y colaboradores respectivamente responsables de cada Especialidad;

Que a fin de asegurar el normal desarrollo de estos Programas de Residencias, resulta conveniente disponer la contratación, a partir del presente Ciclo, de aquellos profesionales propuestos por la Dirección de Capacitación de la Secretaría de Salud para desempeñar estos cargos, correspondiendo en consecuencia, dictar la norma legal que disponga la incorporación de los mismos, en las Especialidades y Reparticiones propuestas;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias ( Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Contrátase a partir del 1° de junio de 2001 y hasta el 31 de mayo del 2002, a diversos Profesionales como Jefes de Residentes del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N° 40.997 (B.M. N° 17.720), modificada por Ordenanzas N° 41.828 (B.M. N° 18.019), N° 42.594 (B.M. N° 18.194), N° 42.954 (B.M. N° 18.384), N° 43.316 (B.M. N° 18.506), N° 45.147 (B.M. N° 19.141) y la Ley N° 601 (B.O. N° 1232), de conformidad con las condiciones establecidas por Ordenanza N° 51.475 (B.O. N° 192) y los Decretos Reglamentarios N° 1.167-86 (B.M. N° 17.759) y N° 752-97 (B.O. N° 245), en las Especialidades y Reparticiones que se indican en el detalle que obra como ANEXO I del presente, que consta de (2) dos fojas.

Artículo 2°

Contrátase a partir del 1° de junio de 2001 y hasta el 31 de mayo del 2002, a diversos Profesionales como Instructores de Residentes del Sistema de Residencias del Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N° 40.997 (B.M. N° 17.720), modificada por Ordenanzas N° 41.828 (B.M. N° 18.019), N° 42.594...

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