Decreto N° 1118/01

FirmantesIbarra - Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1118/ 01

APRUEBA EL TEXTO DEL CONVENIO A CELEBRARSE CON LA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS DE LA U.B.A. - EQUINOS - ALIMENTACIÓN - MANTENIMIENTO - CONTROL DE SU ESTADO SANITARIO - CLAUSURA O DESALOJO DE LOCALES EN OCUPACIÓN INDEBIDA DE LA VÍA PÚBLICA - SECUESTRO DE ANIMALES

Buenos Aires, 13/08/2001

Visto el Expediente N° 29.852/2001, el Decreto N° 7.037/985 y la Ordenanza N° 44.948/991, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 7.037/85 se ha dispuesto que, cuando por procedimiento de clausura o desalojo de locales en ocupación indebida de la vía pública se secuestren animales, éstos deberán almacenarse en depósitos a la espera de su recupero;

Que se hace necesario arbitrar los medios tendientes a garantizar la tenencia para el resguardo y custodia de los equinos que hayan de ser incautados en procedimientos por ocupación indebida de la vía pública;

Que con tal objetivo la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad de Buenos Aires y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires acuerdan celebrar el texto del Convenio que como Anexo forma parte integrante del presente;

Por ello, en uso de las facultades reconocidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el texto del Convenio a celebrarse entre la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad de Buenos Aires y la Jefatura de Gabinete del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo forma parte integrante del presente.

Artículo 2°

Delégase en el Señor Jefe de Gabinete la suscripción, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, del Convenio citado en el artículo precedente.

Artículo 3°

El presente decreto será refrendado por el Señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4°

Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Jefatura de Gabinete del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese.

CONVENIO

Entre la Facultad de Ciencias Veterinarias de la Universidad de Buenos Aires con domicilio en la calle Chorroarin 280 de esta ciudad, en adelante la FACULTAD, representada en este acto por el señor Decano Dr. Aníbal Franco, por una parte, y por la otra la Jefatura de Gabinete del Gobierno de la...

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