Decreto N° 328

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición22 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO N.º 328/21
Buenos Aires, 20 de octubre de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires,
aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97 y la Ordenanza N° 40.593
(ambos textos consolidados conforme Ley Nº 6.347), la Resolución N° 46-MEDGC/19,
el Sumario Administrativo N° 455/19, el Expediente Electrónico Nº 21.658.569-
GCABA-ESC201422/19, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 46-MEDGC/19, se dispuso la instrucción del Sumario
Administrativo N° 455/19, a fin de investigar los hechos y deslindar las
responsabilidades que pudieran corresponder en relación al desempeño docente de la
Escuela de Comercio N° 25 Distrito Escolar 2°;
Que, iniciada la etapa de instrucción y en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria al agente José
Alberto Salvo (F.C. N° 365.667 - CUIL N° 20-14829965-0), quien compareció a la
audiencia fijada a declarar en tal carácter;
Que habida cuenta de las pruebas obrantes, se le formuló el respectivo cargo
administrativo que lo relaciona con diversos hechos;
Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia, y acordó con el
reproche formulado;
Que el agente José Alberto Salvo, fue debidamente notificado de su derecho a tomar
vista de las actuaciones para efectuar descargo y prueba, presentando su
correspondiente defensa, ofreciendo prueba testimonial, la cual fuera producida
oportunamente;
Que, consecuentemente, habiendo sido notificado debidamente de la vista y el plazo
para alegar, el agente Salvo no hizo uso de su derecho;
Que, posteriormente, se dispuso la clausura de la etapa de instrucción;
Que, en consecuencia, la Dirección General Sumarios de la Procuración General de la
Ciudad de Buenos Aires, en su Dictamen identificado como Informe Nº IF-2021-
20938636-GCABA-DGSUM, aconsejó sancionar con cesantía al agente José Alberto
Salvo, por haber sido hallado responsable del cargo formulado en autos y con ello
haber infringido los deberes estipulados en el Artículo Nº 6°, incisos c) y d), de la
Ordenanza N° 40.593, quedando aprehendida su conducta en las previsiones del
Artículo N° 36, inciso f), del citado plexo normativo;
Que la Junta de Disciplina tomó nuevamente intervención, mediante Dictamen de
Firma Conjunta identificado como Informe N° IF-2021-23017351-GCABA-DGCDO,
coincidiendo con la sanción expresada por la Dirección General Sumarios de la
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, conforme surge de los actuados, el docente no se encuentra amparado con
mandato gremial consagrado por la Ley Nacional N° 23.551;
Que, atento a ello, corresponde se dicte el correspondiente acto administrativo;
Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional dependiente del Ministerio
de Educación ha tomado intervención en el marco de su competencia.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6241 - 22/10/2021

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