Decreto N° 700/01

Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 700/ 01

SISTEMAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD. CRÉASE LA RESIDENCIA DE INMUNOLOGIA PARA PROFESIONALES BIOQUIMICOS. RESIDENCIAS-BIOQUÍMICOS-BIOQUÍMICA-CARRERA DE SALUD-POSTGRADOS-SISTEMA DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD

Buenos Aires, 18/05/2001

Visto el Expediente N° 6.514-2001, y;

CONSIDERANDO:

Que los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud aprobado por Ordenanza N° 40.997 (B.M. N° 17.720), de Apoyo al Equipo de Salud aprobado por Ordenanza N° 41.793 (B.M. N° 17.969) y de Enfermería aprobado por Ordenanza N° 45.146 (B.M. N° 19.142), sus modificatorias y Decretos reglamentarios, constituyen sistemas remunerados de capacitación de Postgrado;

Que por aplicación de los artículos 4° de la Ordenanza N° 40.997, 5° de la Ordenanza N° 41.793 y 4° de la Ordenanza N° 45.146 queda establecida la obligatoriedad del ingreso por Concurso para cubrir plazas de Residentes, siendo el Organo Ejecutivo responsable del Llamado a Concurso anual, por lo que en consecuencia, surge la necesidad de dictar la norma legal que determine las áreas y cupos correspondientes a cada Residencia;

Que la Secretaría de Salud, a través de la Dirección de Capacitación, ha organizado el Llamado a Concurso para el Ciclo Lectivo 2001, fijando las condiciones y cronogramas que regulan el desarrollo del mismo, que debe ser ratificado en los términos del artículo 19, inciso a) del Decreto N° 1.510-GCBA-1997;

Que asimismo, los avances científicos y tecnológicos en la inmunología la hicieron una ciencia altamente compleja, con gran influencia en distintas áreas de la medicina, lo que ha llevado a desarrollar nuevas metodologías de diagnóstico de patologías, resulta absolutamente necesario capacitar profesionales bioquímicos en dicha área;

Que por lo tanto, procede crear la residencia Inmunología para Bioquímicos, conforme lo establecido por Ordenanza N° 43.316 (B.M. N° 18.506), que faculta al Organo Ejecutivo a crear nuevas residencias y a establecer su tiempo de desarrollo, manteniendo de esta manera actualizados los Sistemas de Residencias;

Que tales medidas no generan erogaciones adicionales, ya que las vacantes destinadas a esas especialidades se obtendrán de la redistribución de partidas presupuestarias;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias ( Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Créase, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ordenanza N° 43.316 (B.M. N° 18.506), la Residencia de Inmunología para profesionales Bioquímicos, cuyo desarrollo tendrá una duración total de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR