Decreto N° 195/01
Firmantes | Pesce-Filmus-Figueroa-Ibarra |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Febrero de 2001 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 195/ 01
CONSEJO METROPOLITANO DE GUARDAVIDAS Y SEGURIDAD EN BALNEARIOS Y NATATORIOS. APRUÉBASE EL REGLAMENTO DE LA ORDENANZA N° 52.241
Buenos Aires, 26/02/2001
Visto el Expediente N° 37.206/99 y la Ordenanza N° 52.241 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante dicha norma legal se crea el Consejo Metropolitano de Guardavidas y Seguridad en Balnearios y Natatorios de la Ciudad de Buenos Aires, dentro del ámbito de la Dirección General de Deportes dependiente de la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Comunitario de la Secretaría de Promoción Social;
Que no obstante el tiempo transcurrido y teniendo en cuenta los términos del Artículo 5° de la Ordenanza mencionada, se hace necesario dictar una norma que reglamente el funcionamiento de dicho Consejo;
Que es propósito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires intervenir en el diseño de políticas dirigidas a formación, evaluación, promoción y habilitación de guardavidas, servicios de seguridad y rescate de los balnearios y natatorios, desarrollando una tarea educativa-informativa en todos los niveles de educación de la Ciudad;
Que ha tomado debida intervención la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Apruébase el reglamento de la Ordenanza N° 52.241 que como ANEXO forma parte integrante del presente.
El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Promoción Social, de Educación y de Hacienda y Finanzas.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Promoción y Desarrollo Comunitario, a la Dirección General de Deportes y a la Dirección General de Educación. Cumplido, archívese. IBARRA - Figueroa - Filmus Pesce.
ANEXOS
ANEXO
REGLAMENTACION DE LA ORDENANZA N° 52.241
La sede del Consejo Metropolitano de Guardavidas, será en el ámbito de la Dirección General de Deportes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Funcionarán tres comisiones, integradas por los miembros del Consejo, las que estudiarán, aplicarán y...
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