Decreto N° 2356/00
Firmantes | Ibarra-Fernández-Suárez Lastra-Hecker-Telerman-Fatala-Figueroa-García Espil-Pesce-Buchbinder-Filmus-La Porta |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 19 de Diciembre de 2000 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 2356/ 00
NORMA DEROGADA - APRUEBA EL RÉGIMEN GENERAL DE ADSCRIPCIONES DE PERSONAL - DISPONE LA CADUCIDAD DE TODAS LAS ADSCRIPCIONES QUE ESTUVIERAN EN CURSO DE EJECUCIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2000
Buenos Aires, 19/12/2000
Visto los Decretos N° 1.711/94 (B.M. N° 19.868) y el N° 96/95, (B.M. N° 19.991); y
CONSIDERANDO:
Que por el Art. 13 del Decreto N° 1.711/94 se estableció que toda disposición de adscripción, comisión de servicios, cambio de funciones y licencia extraordinaria deberá contar con la intervención previa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas;
Que, por su lado, el Decreto N° 96/95 aclaró el citado artículo, estableciendo en sus artículos 10 y 11 el concepto y requisitos para la procedencia de las Adscripciones, y disponiendo asimismo por su artículo 12 la aplicación supletoria del Decreto N° 2.058/PEN/85, vigente en el ámbito Nacional;
Que, atento lo dispuesto, y en virtud del carácter Autónomo de este Gobierno, resulta necesario contar con un régimen propio para las Adscripciones del personal;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Apruébase el Régimen General de Adscripciones de Personal que, como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.
Dispónese la caducidad de todas las adscripciones, que estuvieran en curso de ejecución al 31 de Diciembre de 2000, y el reintegro del personal adscripto a sus organismos de origen desde la precitada fecha.
Déjase establecido que lo dispuesto en el artículo 2° será de aplicación tanto para las adscripciones de personal que revista presupuestariamente en este Gobierno de la Ciudad y que presta servicios en otras reparticiones, como para el personal dependiente de diferentes Organismos, y que se encuentre adscripto en este Gobierno de la Ciudad Autónoma.
Deróganse los artículos 10, 11 y 12 del Decreto N° 96/95.
El presente decreto será refrendado por todos los Secretarios del Poder Ejecutivo.
Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Recursos Humanos y comuníquese a todas las Secretarías y Subsecretarías...
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