Decreto N° 2216/00

FirmantesIbarra - Buchbinder - Pesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2000

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2216/ 00

APRUEBA EL MODELO DE CONTRATO DE USUFRUCTO A CELEBRARSE ENTRE EL SR. SECRETARIO DE SALUD Y LA SRA. PRESIDENTE DE LA ASOCIACIÓN MUTUAL FLOR DE CEIBO VILLA 21 - PROGRAMA ARRAIGO - USUFRUCTO PERFECTO Y GRATUITO - CENTRO DE SALUD Y ACCIÓN COMUNITARIA

Buenos Aires, 07/12/2000

Visto el Expediente N° 70.383/94 y agregados, y

CONSIDERANDO:

Que por la referida actuación, el Secretario de Salud solicita el pedido de autorización al señor Jefe de Gobierno, para la celebración de un Contrato de Usufructo Perfecto Gratuito, para la construcción del Centro de Salud y Acción Comunitaria N° 8 dependiente del Hospital General de Agudos José María Penna, en un espacio cedido por la Asociación Mutual Flor de Ceibo Villa 21;

Que por Decreto N° 214/95 (N/P), se instruye a los señores Secretarios del Departamento Ejecutivo y órganos dependientes, a abstenerse de celebrar convenios ad referéndum del entonces señor Intendente Municipal, salvo autorización expresa en contrario;

Que el dominio del inmueble pertenece a la Asociación Mutual precitada;

Que el terreno de que se trata fue adquirido por la mencionada Entidad a través del Programa Arraigo, Programa aprobado por Decreto N° 1.011-PEN-92 (B.O. 7/7/92);

Que del antecedente dominial surge que la venta del citado bien, realizado por el Estado Nacional a la Asociación de marras, tiene por objeto la construcción de viviendas económicas;

Que no obstante ello, por Nota N° 142.998/98, la Comisión de Tierras Fiscales Nacionales (Programa Arraigo) autoriza a construir un Centro de Salud, en una porción de UN MIL METROS CUADRADOS (1.000 m2)de la superficie del terreno, delimitado por la Avenida Zabaleta con frente a las vías del Ferrocarril Bartolomé Mitre, la calle Santo Domingo con frente a la calle Luján, la Calle Monteagudo y la Avenida Osvaldo Cruz;

Que corresponde asimismo señalar , que la superficie asignada para la construcción será con frente a la ochava de la intersección de la Avenida Osvaldo Cruz y Avenida Zabaleta de 6 metros de longitud, con un frente sobre la Avenida Zabaleta de 44,65 metros y sobre la Avenida Osvaldo Cruz con un frente de 17,28 metros, superficies que serán reunidas con los ejes desde Avenida Zabaleta a la calle Monteagudo de 24,19 metros y desde la Avenida Osvaldo Cruz hacia Santo Domingo de 40,23 metros;

Que el gasto demandado por el referido Contrato...

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