Decreto N° 680/00
Firmantes | Olivera - Garcia Espil - Moreno Hueyo - Satragno - Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Enrique Olivera |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 10 de Mayo de 2000 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 680/ 00
CREA UNIDAD EJECUTORA QUE TENDRÁ COMO OBJETO PROPONER UNA SOLUCIÓN A LA SITUACIÓN DE LOS OCUPANTES DEL COMPLEJO EDILICIO IDENTIFICADO COMO EX PADELAI EX PATRONATO DE LA INFANCIA
Buenos Aires, 10/05/2000
Visto el Expediente N° 60.780/97 y acumulados, Expediente N° 8.699/92, Expediente N° 74.925/94, Expediente N° 101.314/92, Expediente N° 53.129/92, Expediente N° 88.625/93, Expediente N° 01.287/94, Expediente N° 23.377/97 y agregados, Expediente N° 25.010/90, Expediente N° 100.734/90, relacionados con la situación del inmueble ubicado en el predio delimitado por las calles Humberto 1° 250, Balcarce 1110/50/70 y Avenida San Juan 253/59, identificado como ex Patronato de la Infancia - (PADELAI), y
CONSIDERANDO:
Que es decisión de este Gobierno la preferente atención de los problemas que afectan a los sectores más postergados de la sociedad;
Que teniendo en cuenta la trascendencia social que conlleva la situación conflictiva y de emergencia de los ocupantes del complejo edilicio identificado como ex PADELAI, resulta conveniente la creación de una Unidad Ejecutora, que tendrá como objeto proponer la solución a los problemas sociales y económicos planteados en el mencionado inmueble, y resolver, de manera definitiva, la situación habitacional de los actuales ocupantes;
Que a los fines precitados, se considera necesario coordinar los trabajos de las distintas áreas del Gobierno, con competencia en la problemática mencionada, fijando plazos para el informe a producir por la Unidad Ejecutora;
Que consecuentemente, la Unidad Ejecutora debe tener competencia para celebrar con los ocupantes convenios de desocupación, acordándoseles la posibilidad de acceder a vivienda ya sea a través de crédito o de un subsidio, previo censo de las personas afectadas y de un análisis particularizado de sus aspiraciones por parte de la Unidad Ejecutora, integrándose la misma por representantes de las Secretarías de Promoción Social, Planeamiento Urbano, Hacienda y Finanzas, de la Subsecretaría de Coordinación de Gabinete, de la Comisión Municipal de la Vivienda y del Centro de Gestión y Participación - Zona 1;
Por ello, atento a lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO...
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