Decreto N° 2100/99

FirmantesDe La Rua-La Porta-Clausse-Mathov-Delle Ville
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 1 de Noviembre de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2100/ 99

ENCOMIENDA LA REALIZACIÓN DE TAREAS DE HIGIENIZACIÓN Y SANEAMIENTO DEL INMUEBLE SITO EN LA CALLE LOPE DE VEGA 442

Buenos Aires, 01/11/1999

Visto el Expediente N° 1.200/99, relacionado con la higienización, el

saneamiento y la desratización del inmueble ubicado en la calle Lope de

Vega 442, departamento 5°, y

CONSIDERANDO:

Que de los informes, denuncias e inspecciones practicadas en la finca

de que se trata y obrante en las referidas actuaciones, surge que en el

presente caso se encuentran afectadas las condiciones de higiene y sanidad

pública;

Que al no poder ser identificado el titular del inmueble, se procedió

a publicar edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,

a fin que se proceda a regularizar la situación planteada;

Que transcurrido el plazo otorgado para el cumplimiento de lo intimado

se comprobó que las tareas no fueron realizadas, permaneciendo las deficiencias

que dieron origen al procedimiento ya mencionado;

Que es un deber imperativo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aplicar

las disposiciones a las cuales debe ajustarse la población para el cuidado,

el aseo y la limpieza de la Ciudad, determinadas por medio de la Ordenanza

N° 33.581 (B.M. N° 15.540), AD 470.2 y su modificatoria Ordenanza N° 33.681

(B.M. N° 15.575);

Que, en consecuencia, resulta inexcusable el ejercicio del poder de policía

por parte del Gobierno de la Ciudad Buenos Aires, velando por los intereses

de la comunidad;

Que habiendo efectuado consulta a la Procuración General de la Ciudad

de Buenos Aires, sobre el temperamento a seguir respecto de la situación

planteada, dicha asesoría legal emitió dictamen (fs. 23/24) considerando

que corresponde dictar el decreto pertinente, a fin de disponer las medidas

necesarias para el cumplimiento de las normas de higiene, seguridad y

orden público;

Que para el supuesto que no se permitiera el acceso del personal del Gobierno

de la Ciudad al inmueble precedentemente citado, a fin de realizar los

trabajos pertinentes, corresponderá dar intervención a la Procuración

General de la Ciudad de Buenos Aires, para gestionar se disponga en sede

judicial el allanamiento del mismo, a efectos de llevar a cabo los trabajos

que por el presente decreto se ordenan;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 104 de

la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE...

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