Decreto N° 1789/99
Firmantes | De La Rúa-Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 6 de Septiembre de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1789/ 99
ORDENA CREAR LA UNIDAD PARA LA REFORMA DE LA ADMINISTRACIÓN COMO UNIDAD DE PROYECTO ESPECIAL (U.P.E.), EN EL ÁMBITO DE LAS SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Buenos Aires, 06/09/1999
Visto el Decreto N° 1.711-GCBA-94, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo prescribe el artículo 100 de la Constitución de la Ciudad, el Poder Ejecutivo se encuentra abocado a la elaboración del anteproyecto de ley de ministerios;
Que dicha ley debe limitarse a recoger las competencias de cada cartera y las del gabinete en su conjunto, quedando supeditado a un trabajo posterior la distribución de esas competencias a niveles inferiores;
Que esa última tarea supone la elaboración de un esquema institucional que promueva la modernización de la gestión, asegurando una organización más efectiva para decidir políticas y más eficiente para prestar servicios en el marco del proceso de descentralización ya iniciado;
Que dicho objetivo requiere un minucioso trabajo analítico y de coordinación con las distintas jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad;
Que para llevar a cabo esta tarea resulta idónea la constitución, bajo dependencia de la Secretaría de Hacienda y Finanzas, de una Unidad de Proyecto Especial, en los términos del decreto mencionado en el Visto,
Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los artículos 102 y 104, inciso 9) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Créase la Unidad para la Reforma de la Administración como Unidad de Proyecto Especial (U.P.E.) en el ámbito de la Secretaría de Hacienda y Finanzas.
La U.P.E. creada en el artículo anterior tendrá como objetivo la elaboración de una propuesta de organización institucional para los niveles inferiores a las áreas ministeriales que incluya el diseño de estructuras y procedimientos, la definición de puestos y responsabilidades, y el establecimiento de perfiles para ocupar los puestos de mayor jerarquía que se creen.
El señor Secretario de Hacienda y Finanzas, dentro de los 30 días de la entrada en vigencia del presente decreto, deberá designar un coordinador de la U.P.E. y . elevar al Poder Ejecutivo un programa de trabajo y un cronograma tentativo de actividades.
Encomiéndase a los señores Secretarios...
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