Decreto N° 1315/99

FirmantesDe La Rúa-Mathov-Felgueras-García Espil-Delle Ville-La Porta
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Junio de 1999

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 1315/ 99

ORDENA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN TÉCNICA DESTINADA A ELABORAR UN CUADRO DE SITUACIÓN Y PROPONER MEDIDAS A RESOLVER LA PROBLEMATICA DE ESCRITURACIÓN DE LOS COMPLEJOS URBANOS Y BARRIOS DENOMINADOS LAFUENTE, CARDENAL SAMORE, DONIZETTI, RIVADAVIA II, ILLIA, CONSORCIO 16, SAVIO III Y COPELLO, CONSTRUIDOS POR LA COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA

Buenos Aires, 22/06/1999

Visto la Ley N° 177, sancionada por Ia Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en fecha 15 de abril de 1999 y promulgada automáticamente (B.O.C.B.A. N° 703); y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la ley mencionada en el visto, encomienda al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires la constitución de una Comisión Técnica destinada a formular propuestas de solución para los problemas que afectan el proceso de escrituración de los complejos urbanos y barrios denominados Lafuente, Cardenal Samoré, Donizetti, Rivadavia II, Illia, Consorcio 16, Savio III y Copello, construidos por la Comisión Municipal de la Vivienda;

Que, en tales condiciones, corresponde arbitrar los medios tendientes a la composición de dicha Comisión Técnica y dictar las normas relativas a su funcionamiento;

Por ello, y conforme las atribuciones conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Créase una Comisión Técnica destinada a elaborar un cuadro de situación y proponer las medidas tendientes a resolver las cuestiones enumeradas en el Anexo que forma parte integrante de la Ley N° 177.

Art. 2°

La Comisión prevista en el artículo 1° estará integrada por:

  1. Dos (2) representantes de cada uno de los complejos urbanos y barrios, designados por sus vecinos. La selección surgirá de una votación efectuada entre éstos, previa inscripción de los postulantes en los Centros de Gestión y Participación que les corresponda. A tales efectos, deberán acreditar dicha circunstancia con la presentación de la documentación pertinente. En caso de que finalizado el llamado a inscripción, no se hubieran presentado postulantes en número suficiente para asegurar dicha representación, los representantes serán designados por la Comisión Municipal de la Vivienda.

  2. Cuatro (4) representantes designados por la Comisión Municipal de la...

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