Decreto N° 1315/99
Firmantes | De La Rúa-Mathov-Felgueras-García Espil-Delle Ville-La Porta |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 22 de Junio de 1999 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1315/ 99
ORDENA LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN TÉCNICA DESTINADA A ELABORAR UN CUADRO DE SITUACIÓN Y PROPONER MEDIDAS A RESOLVER LA PROBLEMATICA DE ESCRITURACIÓN DE LOS COMPLEJOS URBANOS Y BARRIOS DENOMINADOS LAFUENTE, CARDENAL SAMORE, DONIZETTI, RIVADAVIA II, ILLIA, CONSORCIO 16, SAVIO III Y COPELLO, CONSTRUIDOS POR LA COMISIÓN MUNICIPAL DE LA VIVIENDA
Buenos Aires, 22/06/1999
Visto la Ley N° 177, sancionada por Ia Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en fecha 15 de abril de 1999 y promulgada automáticamente (B.O.C.B.A. N° 703); y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la ley mencionada en el visto, encomienda al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires la constitución de una Comisión Técnica destinada a formular propuestas de solución para los problemas que afectan el proceso de escrituración de los complejos urbanos y barrios denominados Lafuente, Cardenal Samoré, Donizetti, Rivadavia II, Illia, Consorcio 16, Savio III y Copello, construidos por la Comisión Municipal de la Vivienda;
Que, en tales condiciones, corresponde arbitrar los medios tendientes a la composición de dicha Comisión Técnica y dictar las normas relativas a su funcionamiento;
Por ello, y conforme las atribuciones conferidas por los Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Créase una Comisión Técnica destinada a elaborar un cuadro de situación y proponer las medidas tendientes a resolver las cuestiones enumeradas en el Anexo que forma parte integrante de la Ley N° 177.
La Comisión prevista en el artículo 1° estará integrada por:
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Dos (2) representantes de cada uno de los complejos urbanos y barrios, designados por sus vecinos. La selección surgirá de una votación efectuada entre éstos, previa inscripción de los postulantes en los Centros de Gestión y Participación que les corresponda. A tales efectos, deberán acreditar dicha circunstancia con la presentación de la documentación pertinente. En caso de que finalizado el llamado a inscripción, no se hubieran presentado postulantes en número suficiente para asegurar dicha representación, los representantes serán designados por la Comisión Municipal de la Vivienda.
-
Cuatro (4) representantes designados por la Comisión Municipal de la...
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