Decreto N° 3199/98

FirmantesDe La Rúa - Delle Ville - Felgueras
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 3199/ 98

APRUEBA EL PROYECTO DE CONTRATO DE COMODATO ADMINISTRATIVO A CELEBRARSE CON EL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS CASA DEL JUBILADO MUNICIPAL

Buenos Aires, 28/12/1998

Visto el Expediente N° 73.682-97, y

CONSIDERANDO:

Que por los presentes actuados tramita la solicitud efectuada por La Casa del Jubilado Municipal, representada por su Presidente el señor José María Alfaro, referente a la cesión en Comodato del inmueble sito en la calle Yerbal 1751, Capital Federal, donde funciona el Centro de Jubilados desde el año 1985;

Que corresponde destacar que el citado inmueble pertenece al dominio privado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, encontrándose, en consecuencia, facultado para formalizar la cesión del mismo mediante el pertinente Contrato de Comodato Administrativo;

Que la modalidad antes citada es la que mejor se adapta a la gestión tramitada por los presentes toda vez que el requerimiento formulado reúne como una de sus condiciones la gratuidad y su aplicación encuentra justificación en la finalidad de acción social y comunitaria que posee la Institución presentante;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104, incisos 1° y 24 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébase el proyecto de Contrato de Comodato Administrativo a celebrarse con el Centro de Jubilados y Pensionados Casa del Jubilado Municipal para funcionamiento del Centro de Jubilados en el inmueble sito en la calle Yerbal 1751, Capital Federal, el que como Anexo I se acompaña y que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2°

Delégase al Superior a cargo de la Dirección General de Administración de Bienes la suscripción en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del Contrato de Comodato Administrativo que se aprueba por el artículo precedente.

Art. 3°

El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas y la señora Secretaria de Promoción Social.

Art. 4°

Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Institución presentante y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Administración de Bienes.

ANEXOS

ANEXO I

CONTRATO DE COMODATO ADMINISTRATIVO

En la Ciudad de Buenos Aires a...

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