Decreto N° 2935/98

FirmantesDe La Rúa-Gallo-Delle Ville
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición17 de Diciembre de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2935/ 98

VETA EN FORMA TOTAL EL PROYECTO DE LEY N° 102, QUE PROHÍBE POR EL TÉRMINO DE 180 DÍAS EL CIERRE O INTERRUPCIÓN DEL CRUCE DE LAS CALLES CORRALES Y ROOSEVELT, SOBRE LA AV. GENERAL PAZ, PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE VEHICULAR.

Buenos Aires, 17/12/1998

Visto el expediente N° 100.543/98, en el que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley N° 102 por la que se prohibe por el término de ciento ochenta (180) días el cierre o interrupción del cruce Corrales/Roosevelt sobre la Avda. General Paz, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General de Vialidad dependiente de la Subsecretaría de Transporte y Tránsito informa que el tramo de la Avda. General Paz entre las Avdas. Fernández de la Cruz y Coronel Roca, se encuentra previsto a nivel, sin cruces, según los planos facilitados por el Organismo de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires (OCRABA);

Que de concretarse cruces a distinto nivel, se debería elevar todo el viaducto de la Avda. General Paz en prácticamente 800 metros de extensión, lo que conllevaría un costo que debería presupuestar la empresa concesionaria. Asimismo se estima que no son factibles cruces a sobrenivel, construyendo puentes a la altura de Corrales o Tabaré, puesto que las rampas afectarían las calles y predios frentistas, llegando incluso a cortar la calle Saladillo;

Que asimismo se debe observar que la Ley en cuestión podría implicar la interrupción de las obras por 180 días, lo cual puede derivar en reclamos y pedidos de indemnizaciones por parte de la empresa concesionaria ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. En tal sentido se debe hacer notar que la remodelación de la Avda. General Paz ha evitado los cruces a nivel en toda la extensión de la misma y que en caso de mantener el estado actual de la intersección, se constituiría una excepción peligrosa;

Que por otra parte, el artículo 4° establece que se realicen gestiones ante la Intendencia de La Matanza para solventar la obra en conjunto, pero si dicha Intendencia no comparte la necesidad de las obras o carece de presupuesto para las mismas, podría terminar siendo el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires el responsable de la totalidad de las mismas;

Que en el cruce de la Avenida General Paz y Roosevelt está prevista la...

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