Decreto N° 2070/98

FirmantesDe La Rúa - Felgueras - Gallo - Delle Ville - Mathov
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Octubre de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 2070/ 98

DESOCUPACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PREDIO SITO EN LA AV. INTENDENTE BULLRICH CASI AV. DEL LIBERTADOR Y LA CONTINUACIÓN IMAGINARIA DE LA CALLE JUAN FRANCISCO SEGUÍ, DADO QUE SE COMPROBÓ LA OCUPACIÓN ILEGÍTIMA DEL MISMO.

Buenos Aires, 09/10/1998

Visto el Expediente N° 93.427/95 referido a la ocupación ilegítima del predio sito en la Avda. Intendente Bullrich casi Avda Del Libertador, por parte de una línea de Colectivos y donde se encuentra además ubicada una casilla; y

CONSIDERANDO:

Que de las inspecciones realizadas por la Dirección Administración de Bienes, se verifica la existencia de una casilla de material que funcionaría como vivienda y kiosco y que los choferes de la línea N° 10 de colectivos utilizan dicha área como parada de descanso, no contando con autorización alguna emanada de órganos de esta Ciudad que los habiliten para ocupar los espacios que detentan, o realizar construcciones;

Que la Escribanía General informó que el predio en cuestión se trata de una plazoleta y es de propiedad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires emitió dictamen al respecto, aconsejando disponer la desocupación administrativa de los ocupantes y bienes del predio que nos ocupa, para reintegrarlo a su destino;

Por ello y en uso de las facultades legales que le son propias y por los artículos 104, inciso 24) y 105, inciso 6) de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1°

Dispónese la desocupación administrativa del predio sito en la Avda. Intendente Bullrich casi Avda. del Libertador y la continuación imaginaria de la calle Juan Francisco Seguí, atento a que se ha comprobado la ocupación ilegítima del mismo.

Art. 2°

Dispónese la desocupación de las personas y los bienes que se encontraren en dicho predio, remitiendo en su caso los bienes muebles a depósito del Gobierno de la Ciudad.

Art. 3°

Dispónese la intervención de la Dirección General de Policía Municipal a los efectos de ejecutar todas las medidas y diligencias necesarias para el cumplimiento de lo ordenado en el presente; requiriendo el auxilio de la fuerza pública si fuera necesario.

Art. 4°

Dispónese la intervención de la Dirección Guardia de Auxilio y Emergencia al efecto de ejecutar los trabajos y medidas...

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