Decreto N° 1206/98
Firmantes | De La Rúa-Delle Ville |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 1 de Julio de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETO N° 1206/ 98
AUTORIZA AL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS A SUSCRIBIR CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS MÉDICOS DOMICILIARIOS
Buenos Aires, 01/07/1998
Visto la Nota N° 32.703/DGARH/98, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 325/GCBA/97 se autorizó a la Directora General de la Dirección General de Administración de Recursos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir Contratos de Locación de Servicios Médicos Domiciliarios;
Que posteriormente por Decreto N° 1.765/GCBA/97 se autorizó la prórroga por ciento ochenta (180) días corridos de los mismos;
Que existen razones de oportunidad, mérito y conveniencia que justifican la necesidad de solicitar la autorización al señor Jefe de Gobierno para la celebración de los Contratos de Locación de Servicios a que se hizo mención, por el período comprendido entre el 1 1 de julio y el 31 de diciembre de 1998;
Que la presente gestión se exceptúa de lo dispuesto en el Decreto N° 214/95, mediante el cual se instruye a los señores Secretarios de los Organos Ejecutivos y dependientes, a abstenerse de celebrar convenios ad-referendum del señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, salvo autorización expresa en contrario;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias (Art. 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires);
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Autorízase al Director General de Recursos Humanos a suscribir los Contratos de Locación de Servicios Médicos Domiciliarios, por el período comprendido entre el 1° de julio y el 31 de diciembre de 1998, de los profesionales que se indican en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante del mismo, en el modo y forma que se señala, conforme las facultades otorgadas por el Decreto N° 325/GCBA/97, en las condiciones contractuales determinadas por la prórroga establecida por el Decreto N° 1.765/GCBA/97.
Exceptúase lo dispuesto en el artículo anterior de lo prescripto por Decreto N° 214/95, mediante el cual se instruye a los señores Secretarios de los Organos Ejecutivos y dependientes, a abstenerse de celebrar convenios adreferendum del señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, salvo autorización expresa en contrario;
Autorízase al Director General de...
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