Decreto N° 51/98

FirmantesOlivera - Gauna
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Febrero de 1998

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 51/ 98

NORMAS PERMANENTES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOS. AL CIERRE DE CADA EJERCICIO ÓRDENES DE PAGO IMPAGAS CONSTITUYEN EL PASIVO

Buenos Aires, 06/02/1998

Visto que por el Art. 8° de la Ordenanza N° 48.896 se derogó el Título II de la Ordenanza N° 21.704, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° de las Normas Permanentes de Ejecución del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, se dispone que los compromisos contraídos y devengados en el ejercicio que no se hayan ordenado pagar al cierre del mismo constituyen el Pasivo de ese ejercicio;

Que una vez transcurrido un (1) año el saldo impago de dichos pasivos se considera administrativamente perimido;

Que resulta procedente determinar expresamente el curso a imprimir a las órdenes de pago que se encuentren en dichas condiciones;

Por ello,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Artículo 1°

Al cierre de cada ejercicio las órdenes de pago que se encuentren impagas constituyen el Pasivo del mismo. En caso de su cancelación durante el año siguiente, la imputación cumplida se realizará contra el presupuesto que...

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