Decreto N° 387/96

FirmantesDe La Rúa-Gallo-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición18 de Octubre de 1996

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N° 387/ 96

RESCINDE CONTRATO SUSCRIPTO ENTRE LA EX-MCBA Y LA EMPRESA GAYG Y ASOCIADOS S.A.

Buenos Aires, 18/10/1996

Visto el Expediente N° 36.791/86, Nota Nº 1.873/DIRE/89, Nota Nº 1.967/DIRE/89, Nota Nº 438/DIRE/90, Nota Nº 2.871/DIRE/87, 378/DIRE/88, Nota Nº 164/DIRE/91, Nota Nº 22/DIRE/91 y Nota Nº 810/DIRE/91, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1.406/87 de fecha 16/03/87, la empresa GAYG y Asociados S.A., resultó adjudicataria de la obra para la construcción de una Planta Reguladora de Gas Natural de Alta tensión en el Cementerio de la Chacarita, por un monto de obra Australes A 49.874;

Que con fecha 01/12/87 la empresa GAYG y Asociados S.A., mediante Nota Nº 2.871/DIRE/87, solicita los gastos improductivos, atento a la paralización de la obra, desde fecha 03/11/87;

Que con posterioridad el 27/11/89, la contratista solicitó la "neutralización" de la obra a raíz de la paralización producida, solicitando asimismo una prórroga para la ejecución de las tareas previstas contractualmente y trabajos adicionales;

Que la petición de neutralización, ampliación de plazo y trabajos adicionales tuvo curso favorable mediante el dictado de la Disposición Nº 275/DIRE/89 de fecha 12/12/89;

Que por el Art. 4º de la citada Disposición se dispuso que la empresa GAYG y Asociados S.A. renunciaba a solicitar importes conceptos de períodos de neutralización del plazo;

Que el mencionado artículo fue recurrido por la empresa contratista, con fecha 18/12/89, mediante Nota Nº 1967/DIRE/89 quien expresamente aclara que no previó la firma de un convenio en el cual se contemple la renuncia de derechos adquiridos;

Que en el informe obrante a fojas 726 del Expediente número 36.791/86, producido por la Dirección General de Infraestructura y Renovación de Edificios, de fecha 22/12/89, surge la manifestación de la empresa GAYG y Asociados S.A., sobre la imposibilidad de la finalización de la obra, por ruptura de la ecuación económica-financiera y que continuarán con las tareas dentro de sus posibilidades y posteriormente a dichos trabajos paralizarán la obra;

Que la empresa contratista realizó diversas prestaciones, siendo la última de ellas la efectuada con fecha 17/09/91, por la cual eleva la deuda que se mantiene con dicha firma;

Que con fecha 18/11/91 la Dirección General de Infraestructura y Renovación de Edificios emite un informe a fojas 761/762, del Expediente Nº...

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