Decreto N° 139/96

FirmantesDe La Rúa-Rodríguez Giavarini
Jefe de GobiernoFernando De La Rúa
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Agosto de 1996

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

NORMA DEROGADA

DECRETO N° 139/ 96

NORMA DEROGADA - CREACIÓN DE LA SINDICATURA GENERAL - MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - FUNCIONES - DECRETO 12-96 - MODIFICACIÓN DE DECRETOS - ÓRGANO DE CONTROL INTERNO DEL ÓRGANO EJECUTIVO - ORGANISMO FUERA DE NIVEL - UNIDADES DE AUDITORÍA INTERNA - ÓRGANO DE CONTROL EXTERNO - PATRIMONIO PÚBLICO - INSTRUMENTOS INFORMÁTICOS PARA LA EJECUCIÓN DE PROCESOS - SÍNDICO GENERAL - OPINIÓN PÚBLICA

Buenos Aires, 30/08/1996

Visto la Nota N° 10.000-SHyF-96, y

CONSIDERANDO:

Que resulta urgente y necesario crear un Sistema de Control Interno que brinde adecuada información al Jefe del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, aportando modernos criterios de control integral y otorgando transparencia a la gestión pública;

Que el propósito de tal norma es comenzar a incorporar en el ámbito gubernamental de la Ciudad un sistema de administración financiera y de control que asegure racionalidad y eficiencia, tanto en la obtención de los recursos como en la ejecución del gasto público.

Que en ese sentido, se han tenido en cuenta los lineamientos establecidos en la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional;

Que es necesario comenzar a instrumentar un sistema de control público que asegure la mayor transparencia de la gestión de gobierno, reservando al Poder Legislativo la instrumentación del Control Externo de la hacienda pública que le es propia, conforme a las instituciones que deba legislar con arreglo a los principios del Estatuto Organizativo a dictarse;

Que en dicha instancia legislativa, deberá instrumentarse la coordinación entre ambos subsistemas de control, adoptándose la configuración definitiva del sistema de administración financiera y de control del sector público de la Ciudad;

Que la Ley Nacional 24.588 en su artículo 13 señala que la administración presupuestaria y financiera de la Ciudad será controlada por sus organismos de auditoría y fiscalización;

Que ha intervenido previamente la Procuración General, dictaminando al respecto;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Disposición Transitoria dictada el 19 de julio de 1996 por la Honorable Convención Estatuyente y lo dispuesto por la Ley 19.987;

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1°

Créase la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, Órgano de Control Interno del Órgano Ejecutivo, dependiente del Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como Organismo Fuera de Nivel, equivalente a Subsecretaría.

Art. 2°

Será materia de su competencia el establecimiento de un Sistema de Control Interno, su ejecución, supervisión y mantenimiento, en las Jurisdicciones del Órgano Ejecutivo, entes que dependan del mismo y sistema...

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