Decreto N° 318

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición21 de Abril de 2015
CÓRDOBA, 4 de mayo de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCV - Nº 81 Primera Sección 3
de Educación; designar a la docente Marcela Edith MACEIRA en el cargo de Director de
Tercera (Enseñanza Media) -interino-, como así también con carácter -titular, interino y
suplente-, según cada caso, al resto del personal docente nominado en el Anexo II y en
los cargos allí especificados.
Que posteriormente el señor Secretario de Relaciones Institucionales del Ministerio de
Educación solicita la rectificación del artículo 3° del Decreto N° 1226/14, en virtud del
fallecimiento de la señora Marcela Edith MACEIRA, quien se encontraba nominada en el
Anexo II del Decreto de referencia.
Que en consecuencia se propicia la designación de la señora María Inés VIVAS en el
cargo de Director de Tercera (Enseñanza Media) -interino-, y la sustitución del Anexo
II del aludido Decreto.
Que lo propiciado se enmarca en los principios que establece la Constitución Provin-
cial -artículos 63 y 144, incs 1° y 10-, y teniendo presente que la variación en cuestión
no implica alteración sustancial de los fundamentos y principios tenidos en cuenta en el
Decreto a reformar.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, el Dictamen N° 000233/15 de
Fiscalía de Estado, y en uso de sus atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍCASE parcialmente el artículo 3° del Decreto Nº 1226/14 de
la siguiente manera:
“Donde dice: DESÍGNASE, a la docente Marcela Edith MACEIRA (M.I. N° 13.372.689)
en el cargo de Director de Tercera (Enseñanza Media) -interino-.”
“Debe decir: DESÍGNASE, a la docente María Inés VIVAS (M.I.N° 13.400.019) en el
cargo de Director de Tercera (Enseñanza Media) -interino-.”
ARTÍCULO 2°.- SUSTITÚYESE el Anexo II del Decreto Nº 1226/14, por su similar
que forma parte integrante del presente instrumento legal -compuesto de cuatro (4)
fojas útiles- y por así corresponder.
ARTÍCULO 3º.- EL presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación
y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, dése a la Dirección General de Administración
de Capital Humano, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/h9B61g
Decreto N° 318 Córdoba, 21 de Abril de 2015
VISTO:
el Expediente Letra “R” Nº 24/2014, Registro del Tribunal de Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el Escribano Daniel Oscar RUIZ, Titular del Registro
Notarial Nº 54 con asiento en la Ciudad de Córdoba, Departamento Capital, propone
como Adscripta a la Escribana María Belén AUCHTER, Matrícula Profesional Nº 2070;
Que obra la petición del Escribano Titular y la conformidad de la propuesta como
Adscripta, adjuntándose sus datos personales y profesionales.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que el Escribano Daniel Oscar RUIZ, fue
designado titular del Registro Notarial Nº 54, con asiento en la Ciudad de Cordoba,
Departamento Capital, mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial N° 1316, de
fecha 18 de noviembre de 2014, prestando Juramento de Ley el día 4 de diciembre del
mismo año, y continuando en ejercicio de sus funciones hasta el día de la fecha, y que
la Escribana María Belén AUCHTER no es titular ni adscripta de ningún Registro No-
tarial.
Que se pronuncia en forma favorable el Colegio de Escribanos de la Provincia de
Córdoba, haciendo lo propio el Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, lo dispuesto por los artículos 17, 25, 26 y concordantes de la Ley Orgánica
Notarial Nº 4183 y sus modificatorias, artículos 44, 50 y 51 del Decreto Reglamentario
Nº 2259/75, y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del
Ministerio de Gobierno y Seguridad con el N° 208/2015 y por la Fiscalía de Estado bajo
el N° 235/15, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
MINISTERIO DE
EDUCACN
Resolución N° 310
Córdoba, 16 de Abril de 2015
VISTO:
Los Expedientes Nros. 0100-106376/2014, 0104-082829/2008, 0100-106377/2014,
0100-106597/2014, 0104-087340/2009, 0100-106380/2014 del registro del Ministerio
de Educación y 0427-004951/2003 del registro del Ministerio de la Solidaridad;
Y CONSIDERANDO:
Que a través de los mismos se sustancian actuaciones referidas a las renuncias
condicionadas al otorgamiento del beneficio previsional presentadas por personal
docente dependiente de este Ministerio, que se nomina en el Anexo I.
Que constan copias de las Resoluciones de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y
Retiros de Córdoba, mencionadas en el referido Anexo, mediante las cuales se otorgó
a los peticionantes el beneficio previsional correspondiente.
Que de las respectivas situaciones de revistas surge que los interesados no se
encuentran suspendidos, ni existe sumario o investigación administrativa pendiente
en su contra.
Por ello, los informes producidos, lo dictaminado en cada caso particular por el Área
Jurídica de este Ministerio y en uso de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- ACEPTAR en forma definitiva, las renuncias presentadas por
personal docente dependiente de este Ministerio, que se consigna en el Anexo I, el
que compuesto de una (1) foja forma parte de este instrumento legal, a partir de la
fecha que en cada caso se especifica, para acogerse a los beneficios de la Jubilación
Ordinaria, conforme a las Resoluciones emanadas de la Caja de Jubilaciones, Pensiones
y Retiros de Córdoba allí mencionadas.
ARTÍCULO 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXO
http://goo.gl/IU04DL
Resolución N° 311 Córdoba, 16 de Abril de 2015
VISTO:
La Nota Nº DGES01-742151132-214, del Registro del Ministerio de Educación.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a la Notaria María Belén AUCHTER (D.N.I. N° 27.671.717
– Clase 1979) Matrícula Profesional Nº 2070, como Adscripta al Registro Notarial Nº 54
con asiento en la Ciudad de Córdoba, Departamento Capital, de la Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministro de
Gobierno y Seguridad y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al Tribunal de
Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en
el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTER E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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