Decreto Nº 311

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVIII - Nº 115
CORDOBA, (R.A.), LUNES 13 DE JUNIO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Decreto N° 311
Córdoba, 06 de Abril de 2016
VISTO:
El expediente Nº 0045-016562/2013 (11 Cuerpos), del registro de la Di-
rección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones la citada Dirección propicia por Re-
solución Nº 476/2015 se apruebe la Modificación de Obra Nº 1, corres-
pondiente a los trabajos de: “ENARENADO DESVÍO TRÁNSITO PESA-
DO NORTE DE RÍO III – TRAMO: RUTA PROVINCIAL N° 2 – ACCESO
NORTE A RÍO III – DEPARTAMENTO TERCERO ARRIBA - PROVIN-
CIA DE CÓRDOBA, y se adjudique la misma a la Empresa THEBA
S.R.L., contratista de la obra principal.
Que por Decreto N° 130 de fecha 12 de febrero de 2014 se adjudicaron
los trabajos de referencia a la empresa citada, suscribiéndose el perti-
nente contrato con fecha 30 de abril de 2014.
Que obran en autos Pliego Particular Complementario de Condiciones,
y de Especificaciones Técnicas, Cómputo Métrico, Plan de Trabajo e
Inversiones, conformidad de la Contratista sobre los aumentos y dismi-
nuciones de cantidades de ítems, y la renuncia a los gastos improduc-
tivos, gastos generales directos e indirectos como cualquier otro que
pudiera corresponder por la instrumentación, tramitación e implemen-
tación de la presente Modificación de obra N° 1.
Que el Departamento I Obras dependiente de la Dirección Provincial de
Vialidad (D.P.V.), produce informe técnico sobre los aumentos y dismi-
nuciones de ítems originados por la reformulación del proyecto, cuya
planilla comparativa arroja una diferencia de más de $9.736.998,64,
representando un incremento del 29,97% del monto contractual, lo que
requiere un plazo de ejecución obra de noventa (90) días.
Que conforme constancias de autos mediante Resolución N° 538/2015
rectificada por Resolución N° 755/2015 ambas de la Dirección Provin-
cial de Vialidad y su similar N° 853/2015, se prorrogó el plazo de eje-
cución de la obra principal siendo su nueva fecha el día 29 de julio de
2016.
Que se ha incorporado en autos el correspondiente Documento Conta-
ble - Nota de Pedido N° 2016/000234, en cumplimiento de lo estable-
cido por el artículo 13 de la Ley N° 8614, así como el Certificado de
Habilitación para Adjudicación, expedido por el Registro de Construc-
tores de Obras (artículo 23 correlativos y concordantes del Decreto N°
809/96), por la diferencia presupuestaria comprometida.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dispuesto
por los artículos 40, 41 y 42 de la Ley de Obras Públicas N° 8614, lo
dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del
entonces Ministerio de Infraestructura con el N° 386/2015, por Fiscalía
de Estado bajo el N° 748/2015, y en uso de sus atribuciones constitu-
cionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Modificación de Obra Nº 1, correspon-
diente a los trabajos de: “ENARENADO DESVÍO TRÁNSITO PESADO
NORTE DE RÍO III – TRAMO: RUTA PROVINCIAL N° 2 – ACCESO
NORTE A RÍO III – DEPARTAMENTO TERCERO ARRIBA - PROVIN-
CIA DE CÓRDOBA” y consecuentemente ADJUDÍCASE la ejecución
de los mismos a la Empresa THEBA S.R.L., contratista de la obra prin-
cipal, conforme Planilla, que como Anexo I, compuesto de UNA (1)
foja, integra el presente Decreto, por la suma de Pesos Nueve Millones
Setecientos Treinta y Seis Mil Novecientos Noventa y Ocho con Sesen-
ta y Cuatro Centavos ($9.736.998,64), estableciéndose un plazo de
ejecución de obra de noventa (90) días .
Artículo 2º.- APRUÉBASE la conformidad expresada por la
empresa THEBA S.R.L., sobre los aumentos y disminuciones de can-
tidades de ítems originados por la reformulación del proyecto y la
renuncia a todo gasto improductivo, gastos generales
directos e indirectos como cualquier otro que pudiera corresponder por
la instrumentación, la tramitación e implementación de la presente mo-
dificación de obra.
Artículo 3º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma de Pesos
Nueve Millones Setecientos Treinta y Seis Mil Novecientos Noventa y
Ocho con Sesenta y Cuatro Centavos ($9.736.998,64), con cargo a Ju-
risdicción 1.50 Programa 504-002, Partidas 12.06.00.00. Obras – Eje-
cución por Terceros, conforme lo indica el Departamento Administra-
ción y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del
Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales en su Documento
de Contabilidad (Nota de Pedido) N° 2016/000234.
Artículo 4º.- FACÚLTASE al señor Director de la Dirección Provincial
de Vialidad a suscribir el respectivo contrato de obra, previo cumpli-
miento por parte del adjudicatario de los recaudos legales pertinentes,
debiendo la contratista integrar la garantía de fiel cumplimiento en la
misma proporción establecida para el contrato principal y cumplimentar
con el sellado de Ley de las Enmiendas de Contrato por Modificación
de Obra.
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministro de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales y Fiscal de Estado.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de
Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Bo-
letín Oficial, notifíquese, pase a la citada Dirección a sus efectos y
archívese.
JUAN SCHIARETTI - GOBERNADOR, JOSÉ GARCÍA - MINISTRO DE VIVIEN-
DA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES, JORGE EDUARDO CORDOBA - FIS-
CAL DE ESTADO
ANEXO: http://goo.gl/RRHoxi

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