Decreto N 413/GCABA/11

FirmantesMacri - Lemus - Grindetti - Rodr
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Julio de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 413/GCABA/11 MODIFICA EL ANEXO I DEL DECRETO 2745-87 - REGLAMENTACIÓN DE LA CARRERA MUNICIPAL DE PROFESIONALES DE SALUD - DESIGNACIÓN DE CARGOS VACANTES - VACANCIAS - REEMPLAZANTES - INTERINATOS - DESIGNACIONES

Buenos Aires, 26 de julio de 2011

VISTO:

La Ordenanza N° 41.455, y sus modificatorias, reglamentada por Decreto N° 2745/87, y el Expediente N° 476288/11, y;

CONSIDERANDO:

Que por la Ordenanza N° 41.455 se aprobó el texto ordenado de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41.085 y sus modificatorias;

Que por Decreto N° 2745/87 se aprobó la Reglamentación de la Carrera Municipal de Profesionales de Salud;

Que, al respecto se señala que el punto 1.6 del Anexo I del Decreto N° 2745/87 dispone que: “La vacante hasta la designación del titular respectivo será cubierta con carácter interino en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles. Tal procedimiento será tanto para cargos de ejecución como de conducción, debiéndose llevar a cabo por Selección Interna. A ella podrán presentarse en el primer caso aquellos profesionales que a la fecha de su llamado se estén desempeñando en la misma unidad de organización y cuenten con no menos de seis (6) meses de actividad continuada vinculada a su especialidad y profesión, o cumpliendo tareas docentes, de capacitación y/o perfeccionamiento reconocidas por la Secretaria de Salud Pública y Medio Ambiente. Para cargos de conducción los profesionales deberán revistar con carácter de titular y contar con un desempeño en la misma unidad de organización de no menos de seis (6) meses de actividad. Si una ausencia hubiera sido cubierta por un reemplazante y aquella se transformara en cese, al profesional se le transformará mediante decreto su designación de reemplazante a interino en forma simultánea con la producción de la vacante del cargo titular. “

Que atento la necesidad de dotar de mayor eficacia y celeridad a las designaciones de los Profesionales de Salud, en calidad de reemplazantes o interinos, resulta conveniente modificar la actual redacción del artículo citado...

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