Decreto Nº 1.455/2011

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición 4 de Julio de 2011

DECRETO Nº 1.455/2011

Visto, la nota emanada de la Dirección de Educación de la Municipalidad de Malargüe, y

CONSIDERANDO:

Que, en la citada nota la Directora de Educación, Prof. Mercedes Vergara, solicita al Departamento Ejecutivo Municipal se apruebe el Reglamento General de la Residencia Universitaria Estudiantil en la ciudad de Mendoza, en el marco del programa "Universidad allá Vamos",

Que, está dirigido a alumnos egresados de las escuelas de Malargüe, que hayan sido seleccionados como becarios ingresantes a Universidades Públicas o Privadas, en la ciudad de Mendoza,

Que, por los motivos expuestos, se hace necesario dictar la correspondiente pieza legal administrativa, que así lo disponga,

Por ello, en uso de las facultades que le son propias

EL SEÑOR INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE MALARGÜE

DECRETA

Artículo 1º

Apruébase el Reglamento General de la Residencia Universitaria Estudiantil en la ciudad de Mendoza, en el marco del programa "Universidad allá Vamos".

Artículo 2º

Tomen conocimiento Secretaría de Desarrollo Humano, Dirección de Educación, Contaduría General y Oficina de Prensa y Comunicación a los fines pertinentes.

Artículo 3º

Comuníquese, dése al Libro de Decretos Municipales y archívese.

Malargüe Mza, 4 de Julio de 2011

Juan Antonio Agulles

Intendente

Juan José Narambuena

Sec. de Desarrollo Humano

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PROGRAMA "UNIVERSIDAD ALLÁ VAMOS"

REGLAMENTO GENERAL DE LA RESIDENCIA UNIVERSITARIA ESTUDIANTIL EN MENDOZA

CAPITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 32
Art. 1º

La Dirección de Educación dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, de la Municipalidad de Malargüe y el Equipo de Pro- Malargüe, dará a conocer y harán cumplir las normativas y disposiciones del presente Reglamento, como así también las normas complementarias que oportunamente se dicten.

Art. 2º

Autoridades: Las Autoridades de Aplicación del presente Reglamento Interno serán el Equipo de Coordinación conformado por el Director/a de Educación, un profesional de las áreas de Psicología, Psicopedagogía, o Servicio Social y un miembro de Pro- Malargüe.

Art. 3º

Beneficiarios: Son beneficiarios de este reglamento, los Residentes en el Departamento, egresados de escuelas de Malargüe, y que cumplan con los requisitos establecidos según las disposiciones y normativas del Reglamento General de la Residencia Universitaria Estudiantil en Mendoza, y hayan sido seleccionados como becarios ingresantes a universidades públicas o privadas. Es condición necesaria para permanecer en la Residencia haber aprobado el ingreso a la Universidad.

Art. 4º

Obligaciones de los Beneficiarios:

4-1-

Conocer el Reglamento General de la Residencia Universitaria estudiantil en Mendoza.

4-2-

Cumplir las disposiciones y normativas del presente Reglamento.

4-3-

Firmar un Contrato de Adhesión con la Municipalidad de Malargüe, comprometiéndose ambos a cumplir las disposiciones que establece el Reglamento General de la Residencia y las especificaciones que se realicen para cada beneficiario en particular. Dicho contrato será firmado por el beneficiario y los padres, tutores o encargados, y la Municipalidad de Malargüe, a través de la Dirección de Educación.

4-4-

Acordar por lo menos dos entrevistas obligatorias por mes con la Coordinación de la Residencia Universitaria Estudiantil de Mendoza.

4-5-

Concurrir a las reuniones de residentes que sean convocadas por Personal Autorizado.

4-6-

Evitar situaciones de riesgo o conflicto que comprometan la seguridad personal y la del conjunto.

4-7-

Traer cama, ropa de cama, toalla y toallón, y demás elementos de uso personal u otros elementos que se requieran para la habitabilidad del departamento.

4-8-

Mantener permanentemente limpio su departamento, el sector correspondiente de la galería, así como la Sala Nº 5, o Sala de Estudio, en los turnos que le correspondan.

4-9-

Colocar la basura en bolsas de residuos, depositarlos en los lugares destinados para tal fin y en los horarios establecidos por la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza.

4-10

Informar por escrito las irregularidades que se observen en la Residencia Universitaria, y que afecten el normal desarrollo de las actividades.

4-11-

Contribuir a la seguridad de la Residencia Universitaria.

4-12-

Informar sobre las irregularidades que se observen en la residencia Universitaria, y que afecten el normal desarrollo de las actividades.

4-13-

Proveerse de una copia de la llave de ingreso, sala de estudio y departamento que ocupa a su cargo, la cual en época de receso deberá dejarse, en la Coordinación de Pro Malargüe, una llave de ingreso a cada departamento, por si ocurriere alguna emergencia.

4-14-

En caso de abandono y/o desalojo de la residencia, el beneficiario debe devolver las llaves quedando constancia bajo acta, en caso de negarse

la Autoridad de Aplicación realizará el cambio de cerradura, cuyos gastos serán soportadas por el Beneficiario.-

4-15-

En caso de desaprobar el examen de ingreso universitario se dará de baja inmediatamente a la beca, deberán por lo tanto desalojar la residencia, y se dará lugar a los estudiantes en lista de espera, siempre y cuando reúnan los requisitos de ingreso.

4-16-

Pago de servicios, de Agua, Luz y Gas:

4-16-

1-Los pagos de dichos servicios se hará, respetando las fechas de vencimiento; le corresponde realizarlo al/ los residentes, en forma equitativa por...

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