Decreto Nº 3.800
Emisor | Minist. Secretaria Gral. de la Gobernacion |
Fecha de la disposición | 29 de Diciembre de 2008 |
Mendoza, 29 de diciembre de 2008
Visto el expediente 41-S-2008- 77793, en el cual se solicita la aprobación del Convenio celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Secretaria de Deporte, Lic. Beatriz María de Fátima Barbera, por una parte y por la otra el Club Atlético Argentino, representado por el Sr. Angel Fabian Ramírez, para el uso de las instalaciones del Estadio Provincial Malvinas Argentinas, para realizar un partido de fútbol correspondiente al Torneo Nacional Argentino B 2007-2008;
Por ello, en razón del pedido formulado, lo dictaminado por Asesoría Letrada de la Secretaría de Deporte;
EL GOBERNADOR DE LA
PROVINCIA
DECRETA:
Téngase por aprobado el Convenio celebrado oportunamente entre la Provincia de Mendoza, representada por la Secretaria de Deporte, Lic. Beatriz María de Fátima Barbera, por una parte y por la otra el Club Atlético Argentino, representado por el Sr. Angel Fabian Ramírez, para el uso de las instalaciones del Estadio Provincial Malvinas Argentinas, para realizar un partido de fútbol correspondiente al Torneo Nacional Argentino B 2007-2008, el que en fotocopia autenticada como Anexo, forma parte integrante del presente decreto.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
CELSO ALEJANDRO JAQUE
Luis Alejandro Cazabán
Anexo
Convenio
Entre la Provincia de Mendoza, representada en este acto por la Secretaria de Deportes de la Provincia, Lic. Beatriz María de Fátima Barbera, y ad-referendum del Poder Ejecutivo Provincial, en adelante El Gobierno por una parte; y por la otra el Sr. Angel Fabian Ramírez, en su calidad de representante de Club Atlético Argentino, en adelante El Club, se conviene en celebrar el presente convenio, que se regirá por las siguientes cláusulas:
Primera: El Gobierno cede el uso de las instalaciones del Estadio Provincial Malvinas Argentinas al Club, para realizar un partido de fútbol; entre los primeros equipos de Club Atlético Argentino vs. Club Social y Deportivo Guaymallén, correspondiente al Torneo Nacional Argentino B 2007 - 2008, el día 24 de febrero de 2008.
Segunda: La Organización y Desarrollo será responsabilidad exclusiva del Club, quien libera al Gobierno de toda Responsabilidad que pudiera derivar de la realización del partido.
Tercera: La capacidad de espectadores en el Estadio que se cede es la siguiente: Platea Este 8.500 localidades...
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