Decreto N° 3.016

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2009

DECRETO N° 3.016

Mendoza, 30 de noviembre de 2009

Visto el expediente N° 79.478-E-07-01029, agregadas carátulas N° 24.249-V-71-00240 y N° 14.648-V-99-00105, en el cual la señora Benigna Rosa Guaquinchay solicita el beneficio de Pensión para sí por su esposo fallecido, Don Melitón Villarreal; y

CONSIDERANDO:

Que el deceso del causante se produjo el día 12 de mayo de 2007, según fotocopia del Acta de Defunción agregada a fs. 90 y vta. del expediente N° 79.478-G-07-01029, siendo beneficiario de un Retiro Voluntario según Resolución N° 1728/67 del ex-Instituto de Previsión y Asistencia Social Sección Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia, actual Oficina Técnica Previsional, obrante a fs. 21 del mencionado expediente, consecuentemente dejó derecho pensionario a sus herederos legales.

Que el vínculo invocado por la peticionante queda acreditado con la fotocopia del Certificado de Matrimonio obrante a fs. 110 y vta. de la presente pieza administrativa.

Que a fs. 80 del expediente N° 79.478-G-07-01029, obran las renuncias de los herederos en favor de la peticionante respecto de los haberes dejados de percibir por el causante a la fecha de su deceso, encontrándose a fs. 82 vta. del mencionado expediente, la constancia de la publicación de los edictos citatorios de Ley.

Que el Departamento Jurídico de la Oficina Técnica Previsional y Fiscalía de Estado a fs. 83 y 84, respectivamente, de las presentes actuaciones, dictaminan que es procedente el otorgamiento del beneficio pensionario a la señora Benigna Rosa Guaquinchay, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 18 del Decreto-Ley N° 4176/77, en concordancia con lo previsto por el Artículo 24 de la Ley N° 3794 y modificaciones.

Que según lo establece la Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, a fs. 136 del expediente de referencia, consta el correspondiente visado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y a fs. 138 del mismo, obra la intervención de la Oficina Técnica Previsional proponiendo acordar el beneficio solicitado.

Por ello, y en uso de las facultades que otorga la citada Cláusula 8ª del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la Provincia de Mendoza al Estado Nacional, aprobado por Decreto-Acuerdo Provincial N° 109/96 y modificatoria Ley N° 6554 y Decreto Nacional N° 362/96,

EL GOBERNADOR

DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR