Decreto N° 3.753

EmisorMinist. de Desarrollo Humano Familia y Comunidad
Fecha de la disposición24 de Diciembre de 2008

DECRETO N° 3.753

Mendoza, 24 de diciembre de 2008

Visto el expediente 1742-D-2006-77730 y sus acumulados 1284-G-2008-77737 y 5085-G-2007-77730, en el cual el Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad propicia la modificación de la Planta de Personal, a fin de posibilitar el ajuste de la situación de revista de Dn. Claudio Marcelo Gutiérrez, con funciones en la Dirección de Niñez, Adolescencia, Ancianidad, Discapacidad y Familia dependiente del citado Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que a Dn. Claudio Marcelo Gutiérrez, se le asignaron funciones de Regente del Sector “E” del Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil, dependiente de la citada Dirección, según Resolución N° 2359/05-DINAADyF, a partir del 27 de junio de 2005 y por Resolución N° 987/08-DINAADyF, se le reconocen las funciones de Encargado del Sector “B” del referido Sistema, desde el 14 de noviembre de 2006 y continúa desempeñándose como tal en la actualidad.

Que el ajuste del agente mencionado, se realizará en forma interina y hasta tanto se cubra el cargo por concurso, en conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 5465 y modificatorias, con retención de su actual cargo de Clase 005 Cód. 15-2-01-01.

Que en razón de la extensión horaria que exige el cumplimiento de tales funciones, deberá incluirse, al citado agente en el Régimen del Adicional por Mayor Dedicación (50 %), previsto en los Arts. 32º -punto 9 y 43º de la Ley Nº 5465, modificado por el Art. 21º de la Ley Nº 5811, reconociendo sus servicios en dicho Régimen a partir del 18 de febrero de 2008.

Por ello, en razón de lo informado por la Dirección de Niñez, Adolescencia, Ancianidad, Discapacidad y Familia y la conformidad de la Dirección General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Humano, Familia y Comunidad, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 11º, 50º -inc. a)- y 55º de la Ley Nº 7837 -Presupuesto vigente año 2008- y Arts. 2º, 20º y 24º del Decreto-Acuerdo Nº 470/08,

EL GOBERNADOR DE

LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Exceptúese lo dispuesto por el presente decreto, del congelamiento de vacantes previsto en los Arts. 52º de la Ley Nº 7837 y 21º del Decreto-Acuerdo N° 470/08.

Artículo 5º

Modifíquese la Planta de Personal prevista en el Presupuesto General vigente año 2008 de la Administración Pública Provincial y transfiéranse al...

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