Decreto n° 3.558

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 8 de Enero de 0008

DECRETO Nº 3.558

Mendoza, 5 de diciembre de 2007.

Visto el expediente Nº 1958 - Letra M - Año 2007 - Código 01027, donde se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Guaymallén, destinado al pago de la segunda cuota de la asignación anual por ayuda escolar para el presente ejercicio, prevista en los artículos 10º y 11º de la Ley Nº 7377 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Guaymallén se encuentra autorizado para solicitar al Poder Ejecutivo Provincial los fondos necesarios para ser aplicados al pago del concepto mencionado, mediante la Ordenanza Nº 7372/07;

Que en el presente ejercicio se ha previsto la partida presupuestaria respectiva para atender tales erogaciones;

Que atento a lo expuesto, resulta necesario que se concrete el apoyo financiero aludido mediante el otorgamiento del aporte pertinente;

Por ello y en virtud de lo dispuesto en el artículo 5º del Decreto-Acuerdo Nº 774/96 y su modificatorio Nº 1186/96 y Acuerdo Nº 2514/97 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2º

Contaduría General de la Provincia liquidará el aporte asignado por el artículo precedente de este decreto, con cargo a la partida: H20004-431-16-000 UGE H30735, del Presupuesto de Erogaciones vigente, Ley Nº 7650.

Artículo 3º

La Municipalidad de Guaymallén deberá realizar la rendición de cuentas del aporte otorgado por el artículo 1º del presente decreto, conforme a las normas contenidas en el...

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