Decreto n° 3.495

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición16 de Enero de 0008

DECRETO N° 3.495

Mendoza,

3 de diciembre de 2007

Vistos el expediente N° 1148-I-99-60206 y su acumulado N° 2387-P-1998-30091, en los cuales se tramitó el dictado del Decreto N° 1650/07 pon el que se adjudicó en venta a sus actuales ocupantes el Campo Vizcacheras del Departamento La Paz, y

CONSIDERANDO:

Que en razón de que en el Artículo 1° del aludido decreto se omitió incluir uno de los inmuebles a adjudicar, corresponde subsanan ese error.

Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Artículo 77, Inciso a) y concordantes de la Ley N° 3909 y lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, por Asesoría de Gobierno y por Fiscalía de Estado,

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1°

Rectifíquese el Artículo 1° del Decreto N° 1650/07, el que quedará redactado del siguiente modo:

«Artículo 1° - Adjudíquense en venta a sus actuales ocupantes los inmuebles fiscales que se detallan a continuación y en el Compromiso de Compra-Venta que forma parte integrante del presente decreto, constante de nueve (9) fojas: un primer inmueble ubicado en Departamento La Paz, Mendoza, que es parte del inmueble conocido como Campo Las Vizcacheras, de una superficie según mensura de doce mil quince hectáreas tres mil novecientos setenta y ocho metros cuadrados con diez decímetros cuadrados (12.015 ha 3978,10 m2) según plano n° 1045/12, nomenclatura catastral n° 12-14-88-0000-004988 y Padrón de Rentas n° 4988/12 y un segundo inmueble que es parte de una mayor extensión de una superficie según mensura de un mil cientos ochenta y dos hectáreas siete mil ochocientos setenta y seis metros cuadrados con cincuenta y ocho decímetros cuadrados (1.182 ha 7.876,58 m2), según plano N° 1242/12, nomenclatura “catastral N° 12-21-88-3400-711492 (Alta Pura) y Padrón de Rentas “N° 5519-12”.

Artículo 2°

El presente decreto será comunicado a la Dirección de Ordenamiento Ambiental y Desarrollo Urbano del Ministerio de Ambiente y Obras Públicas para su registración.

Artículo 3°

Emitido este decreto, la Unidad Tierras Fiscales...

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