Decreto n° 3.417

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 4 de Enero de 0008

DECRETO Nº 3.417

Mendoza, 29 de noviembre de 2007.

Visto el expediente Nº 11747-M-06-00020 y su acumulado Nº 02359-A-06-05179, en los cuales el Consorcio Adjudicatario Magna Inversora S.A. - Banco República S.A. y el Banco Mendoza S.A., representado por el Doctor Oscar Dimas Agüero, reclama el resarcimiento por daños y perjuicios ocasionados como adjudicatarios del 90% de los paquetes accionarios de los ex Bancos de Mendoza S.A. y Previsión Social S.A., en el proceso de privatización que fue ratificado por la Ley Nº 6411, y

CONSIDERANDO:

Que los manifestantes en su presentación de fecha 29 de noviembre de 2006, obrante a fs. 1 y vta. y 10/28, del expediente Nº 02359-A-06-05179 y 1/18 del expediente Nº 11747-M-06-00020, plantean la reparación de los daños y perjuicios supuestamente ocasionados como adjudicatarios del 90% de los paquetes accionarios de los ex Bancos de Mendoza S.A. y Previsión Social S.A. en el proceso de privatización que fue ratificado por la Ley Nº 6411.

Que según informa Contaduría General de la Provincia, a fs. 190/193 del expediente Nº 11747-M-06-00020, los Balances Pro forma de fecha 30 de noviembre de 1995, fueron el resultado de la elaboración contable realizada para determinar las unidades de negocio objeto del proceso de licitación, en el cual se establecieron los activos que fueron cedidos y los pasivos que fueron asumidos por el Gobierno de la Provincia y posteriormente administrados por el ex ente de Fondos Residuales ex E.Fo.R., actual Dirección de Administración de Activos ex Bancos Oficiales - D.A.A.B.O. y se calificó la cartera de los créditos que quedaron en las entidades financieras en el proceso de privatización.

Que los Balances Pro forma, de fecha 30 de noviembre de 1995, contemplaban la situación de los activos y pasivos de las entidades bancarias a privatizar con anterioridad a la confección de los mismos y fueron elaborados teniendo en cuenta la totalidad de la documentación contable de dichas entidades, las que también habían sido puestas a disposición de los oferentes en el "Data Room", efectuado para que cada uno de estos determinara la oferta a presentar en el proceso de licitación.

Que dichos Balances Pro forma fueron puesto a disposición de los oferentes y posteriores adjudicatarios Magna Inversora S.A. y Banco República S.A., los que resultaron tales cuando el señor Juez del Juzgado Correccional hizo lugar a la acción de amparo contra el Gobierno de la Provincia...

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