Decreto N° 2984
Fecha de Entrada en Vigor | 8 de Noviembre de 2018 |
Fecha de la disposición | 7 de Noviembre de 2018 |
DECRETO N° 2984
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional”,
26 OCT 2018
VISTO:
El Expediente N°: 00320-0004993-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, relacionado con la Política Salarial para el personal de la Dirección Provincial de Vialidad, y;
CONSIDERANDO:
Que habiéndose producido el supuesto fáctico enunciado en el artículo 5° in fine del Decreto N°: 1124/18, mediante el cual se establece que: " En el caso que la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado y publicado por el Instituto Provincial de Estadística y Censos (IPEC) observe un incremento acumulado que supere el 18% respecto al valor del índice de diciembre 2017, los salarios se actualizarán en el mes subsiguiente aplicando dicho porcentaje de evolución acumulada del IPC sobre los sueldos vigentes a diciembre de 2017, aplicándose sobre el monto determinado para el Salario Básico Clase I vigente. La presente cláusula será operativa hasta el mes de diciembre de 2018, inclusive.
Que por lo tanto corresponde modificar el Salario Básico Clase I del personal de la Dirección Provincial de Vialidad;
Que en el marco normativo previsto por la Ley N°: 6915 y sus modificatorias, corresponde trasladar la modificación salarial definida a los jubilados y pensionados del sector comprendido en el presente Decreto, a cuyo efecto es preciso autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;
Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72°, inciso 1° de la Constitución Provincial, no excediendo la autorización de gastos dada por la Ley Anual de Presupuesto N° 13.745;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Fíjase para el personal de la Dirección Provincial de Vialidad el Salario Básico Clase I en la suma de $ 4.267,07 (pesos cuatro mil doscientos sesenta y siete con 07/100) a partir del mes de octubre.
Trasládase a los haberes que perciben los beneficiarios pasivos del sector alcanzado por el presente Decreto, el aumento establecido para el personal activo a partir del mes de octubre, autorizando a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a adecuar los mismos, en la fecha referida, según corresponda y en el marco de las disposiciones vigentes, sobre la base de los incrementos establecidos en el artículo precedente.
El gasto que demande la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba