Decreto N° 29
Emisor | Poder Ejecutivo |
Fecha de la disposición | 21 de Enero de 2015 |
CÓRDOBA, 18 de febrero de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 30 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCII - Nº 30
CORDOBA, (R.A.), MIÉRCOLES 18 DE FEBRERO DE 2015
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SECCIÓN
LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
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Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
PODER
EJECUTIVO
Decreto N° 29
Córdoba, 21 de Enero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0645-000699/2012, del Registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el referido Ministerio impulsa
la creación del Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos
(C.E.N.M.A) BANDA NORTE en Río Cuarto, bajo la dependencia
de la Dirección General de Educación de Jóvenes y Adultos, y
sobre la base de divisiones de ese nivel de enseñanza que
funcionaban como Anexo al Centro Educativo de Nivel Medio
para Adultos (C.E.N.M.A) N° 24 de la citada ciudad, dependiente
de la referida Dirección General.
Que obran en autos informes en relación con la demanda del
servicio educativo en el sector en cuestión y su zona de influencia,
del cual surge la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza
en el mismo, dentro del marco de las políticas educativas
imperantes, que apuntan a garantizar la igualdad de
oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con
equidad y respeto a la diversidad.
Que por Resolución N° 88/13, emanada por la Dirección
General de Educación de Jóvenes y Adultos, se ha dispuesto
-ad referendum de la superioridad- la desanexación del servicio
en cuestión y la asignación de los cargos de Director de Tercera
(Enseñanza Media) y Secretario de Tercera (Enseñanza Media)
del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesarios
para su funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo
servicio educativo desarrollara sus actividades en
instalaciones correspondientes al Instituto Provincial de
Educación Media N° 95 “MARIQUITA SÁNCHEZ DE TH-
OMPSON” de Río Cuarto, dependiente de la Dirección Gen-
eral de Educación Secundaria.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que
hacen a la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la
creación que se procura, debe concluirse en que están dadas
las condiciones para disponer tal medida en esta instancia,
al amparo del artículo 5° y 6º de la Ley Nº 9870 y lo
establecido por el artículo 11 inc. i) del Decreto-Ley N° 846/E/
63.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por el
Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N° 1174/14 por
Fiscalía de Estado bajo el N° 1100/2014 y en ejercicio de las
facultades conferidas por los artículos 62, 63 y 144 de la
Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE el Centro Educativo de Nivel Medio
para Adultos (C.E.N.M.A) BANDA NORTE en Río Cuarto, bajo
la dependencia de la Dirección General de Educación de
Jóvenes y Adultos -Ministerio de Educación- y sobre la base de
divisiones de ese nivel de enseñanza que funcionaban como
Anexo al Centro Educativo de Nivel Medio para Adultos
(C.E.N.M.A) N° 24 de la citada ciudad, dependiente de la referida
Dirección General.
ARTÍCULO 2°.- EL servicio educativo creado por el artículo
Se crea Escuela de Nivel Inicial
Decreto N° 6 Córdoba, 9 de Enero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0109-110890/2012, del Registro
del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran antecedentes relacionados con la creación de
una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en la
localidad El Barrial -Departamento Cruz del Eje-, bajo la
dependencia de la Dirección General de Nivel Inicial y
Primario -Ministerio de Educación-.
Que tal iniciativa se fundamenta en la necesidad de brindar
dicho servicio educativo a una significativa población escolar
perteneciente a familias afincadas en el sector.
Que por Resolución N° 0870/13, emanada por la citada
Dirección General, se ha dispuesto -ad referéndum de la
superioridad- la desanexación del servicio en cuestión, como
así también se impulsa la creación del mismo.
Que la Dirección de Recursos Humanos ha asignado un
(1) cargo de Director Escuela Primaria de Tercera del
Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesario
para el funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que surge de lo actuado en autos que la aludida escuela
desarrolla sus actividades en instalaciones cedidas por la
Escuela de Nivel Primario “MANUELA GORRITI” de la
localidad de El Barrial -Departamento Cruz del Eje-.
Que teniendo en cuenta los informes favorables de las
oficinas técnicas intervinientes, resulta procedente en esta
instancia acceder a lo procurado, al amparo de lo establecido
en los arts. 4° y 5° y concordantes de la Ley Nº 9870.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado
por el Área Jurídica del Ministerio de Educación con el N°
0634/14 por Fiscalía de Estado bajo el N° 0009/2015 y en
uso de sus atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE la Escuela de Nivel Inicial de
Tercera Categoría en la localidad de El Barrial - Departamento
Cruz del Eje -, bajo la dependencia de la Dirección General
de Nivel Inicial y Primario - Ministerio de Educación - la cual
desarrolla sus actividades en instalaciones cedidas por la
Escuela de Nivel Primario “MANUELA GORRITI” de la
mencionada localidad.
ARTÍCULO 2º.- EL presente decreto será refrendado por
el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese,
publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
LOCALIDAD: EL BARRIAL
Depar ta ment o C ruz de l Eje
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