Decreto N° 286

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición26 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO N.º 286/21
Buenos Aires, 24 de agosto de 2021
VISTO: Las Leyes Nacionales N° 24.557 y Nº 26.773, el Decreto Ley Nº 23.354, sus
decretos reglamentarios, las Leyes N° 70 y N° 2.095 (Textos consolidados por Ley N°
6.347), el Decreto N° 333/11, la Resolución N° 115/MTEYSS/2021, el Expediente
Electrónico N° 10.444.843-GCABA-DGCYC-2020, y
CONSIDERANDO:
Que oportunamente se tramitó la contratación de una Aseguradora de Riesgos del
Trabajo para la prestación de la Cobertura de Riesgos del Trabajo del personal del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que se suscribió el Contrato Interadministrativo entre el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.,
ratificado mediante Decreto Nº 333/11;
Que de acuerdo a diferentes circunstancias se suscribieron diversas adendas
contractuales que modificaron en distintos aspectos al contrato original;
Que en virtud del dictado de la Resolución N° 115/MTEYSS/2021, el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación dispuso que la suma fija a abonar
por cada trabajador conjuntamente con la alícuota, establecida en el artículo 5° del
Decreto N° 590/97, con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales
(FFEP), será de un valor de PESOS CUARENTA ($ 40.-), a los fines de dotar de
recursos suficientes el mentado Fondo para garantizar adecuadamente el
financiamiento excepcional de la cobertura de las trabajadoras y los trabajadores
alcanzados por los supuestos establecidos en los mencionados Decretos relacionados
con la enfermedad COVID-19;
Que ello originó la suscripción de una nueva Adenda entre Provincia Aseguradora de
Riesgos del Trabajo S.A. y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas, ad-referendum
del Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando la
suma fija actual;
Que en consecuencia y atento lo actuado, es necesario dictar el acto administrativo
por medio del cual se ratifique la Adenda contractual que nos ocupa;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado intervención en
concordancia con lo establecido por la Ley N° 1218 (Texto consolidado por Ley N°
6.347).
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, de acuerdo a los
artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratifícase la Adenda Contractual del Contrato Interadministrativo
celebrado entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia
Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., que como Anexo I (IF-2021-23953576-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6201 - 26/08/2021

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