Decreto N° 28 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Febrero de 2018
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición15 de Enero de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXVIII - Nº 25
CORDOBA, (R.A.) LUNES 5 DE FEBRERO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 4
Córdoba, 2 de enero de 2018
Téngase por Ley de la Provincia Nº 10511 cúmplase, protocolícese, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / SERGIO H. TOCALLI, MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL A/C MINISTERIO DE SALUD / DR. ING. FABIÁN LÓPEZ,
MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PÚBLICOS / JORGE EDUARDO
CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 28
Córdoba, 15 de enero de 2018
VISTO: el Expediente Letra “L”- Nº 35/2017 del registro del Tribunal de Dis-
ciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Notario MARTÍN LANZA CAS-
TELLI, Adscripto al Registro Notarial Nº 9, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Departamento Capital, solicita a su favor la titularidad de dicho
Registro, en virtud de que su titular Escribano Lucrecio LANZA CASTELLI,
renunció para acogerse a los benecios de la jubilación ordinaria.
Que el Tribunal de Disciplina Notarial informa que el Notario solicitante
fue designado como Adscripto al Registro Notarial cuya titularidad preten-
de mediante Decreto Nº 1164 de este Poder Ejecutivo con fecha 25 de
agosto de 1995, prestando juramento de Ley el día 1° de septiembre del
mismo año y permaneciendo en sus funciones hasta el 12 de diciembre de
2017, fecha de aceptación de las renuncias presentadas por los escribanos
Lucrecio Lanza Castelli y Martín Lanza Castelli, como titular y adscripto
respectivamente, el primero por acogerse a los benecios de la jubilación
ordinaria y el segundo para solicitar la titularidad de dicho Registro Nota-
rial.
Que tanto el Colegio de Escribanos de la Provincia, como el Tribunal
de Disciplina Notarial se expiden favorablemente respecto a la petición de
autos.
Por ello, actuaciones cumplidas, lo dispuesto por los artículos 17, 29 y
33 de la Ley Nº 4183 (T.O. Decreto N° 2252/75 y modicaciones introdu-
cidas por la Ley N° 7491), lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno con el N° 1241/2017, por
Fiscalía de Estado bajo el N° 1606/2017, y en ejercicio de sus atribuciones
constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE al Notario Martín LANZA CASTELLI (D.N.I.
Nº 17.384.631), como Escribano Titular del Registro Notarial Nº 9 con
asiento en la Ciudad de Córdoba, Departamento Capital, de la Provincia
de Córdoba.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Gobierno y Fiscal de Estado.
Artículo 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Dis-
ciplina Notarial y al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba,
comuníquese, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO / DR. JORGE EDUARDO CORDOBA
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 27
Córdoba, 24 de enero de 2018
VISTO:El Expediente Nº 0617-133887/2017 por el que se solicita la modi-
cación del Fondo Permanente “C” –FONDOS CADUCOS POR QUIEBRA-
del Ministerio de Educación, creado por Resolución N° 159/2003 de este
Ministerio.
Y CONSIDERANDO:
Que con motivo de adecuar el monto del Fondo, se solicita jar un
monto cierto y no subordinado a un crédito presupuestario.
Que conforme lo determina el artículo 63 de la Ley Nº 9086, es facul-
tad de este Ministerio otorgar conformidad para el funcionamiento de los
Fondos Permanentes y/o Cajas Chicas que soliciten los Servicios Adminis-
trativos, determinando su régimen y límites al momento de su creación.
Que no existen objeciones que formular desde el punto de vista técni-
co-contable en relación a la modicación peticionada, habiendo efectuado
la Dirección General de Tesorería y Crédito Público la intervención que le
compete.
Que son atendibles las causales planteadas por la Jurisdicción requi-
rente en el sentido que es necesaria la modicación propiciada para el
correcto funcionamiento del Servicio.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo informado por la Direc-
ción General de Tesorería y Crédito Público a fs. 7 y de acuerdo con lo
dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº
017/18,
EL MINISTRO DE FINANZAS
R E S U E L V E :
Artículo 1° MODIFICAR el Fondo Permanente “C” –FONDOS CADU-
COS POR QUIEBRA– del Ministerio de Educación, estableciendo el monto
en PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000.-), del que será responsable el
Titular del Servicio Administrativo de la citada Repartición.
Artículo 2° PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas
de la Provincia, a la Dirección General de Tesorería y Crédito Público, al
Servicio Administrativo del Ministerio de Educación y a Contaduría General
de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: LIC. OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS

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