Decreto N° 272

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición13 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DECRETO N.º 272/21
Buenos Aires, 11 de agosto de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires -
Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.510/97 (texto consolidado por Ley Nº 6.347), la
Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), la Resolución Nº 5.074-
MEGC/10, los Expedientes Nros. 1180690/12 e incorporados 1.171.360/10 y
640.946/10, y
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramitó el Sumario Administrativo N° 294/10,
dispuesto mediante Resolución N° 5.074-MEGC/10, a fin de investigar los hechos y
deslindar eventuales responsabilidades que pudieran corresponder respecto del actuar
docente en las clases de la asignatura Matemáticaen la Escuela Normal Superior N°
10 “Juan Bautista Alberdi”;
Que, abierta la etapa de instrucción, en mérito de los antecedentes y de las pruebas
recabadas, se decretó el llamado a prestar declaración indagatoria al agente Daniel
Alberto Moirano Lamelas (DNI N° 22.500.048 - F.C. N° 405.762), oportunidad en la
que se negó a declarar;
Que, habida cuenta de las pruebas obrantes, la instrucción formuló los cargos
detallados en el IF-2016-22496285-DGSUM;
Que la Junta de Disciplina tomó la intervención de su competencia, luego de la cual los
cargos fueron reformulados, conforme obra en el IF-2016-26977940-DGSUM;
Que, habiendo sido notificado el agente de los cargos formulados y del plazo para
presentar descargo y ofrecer toda la prueba que tuviera por conveniente para su
defensa, bajo apercibimiento de tenérsele por decaído de hacerlo en el futuro, no
presentó descargo ni ofreció prueba;
Que, cumplido el plazo referido, se le notificó al sumariado el plazo correspondiente
para presentar memoria escrita (alegato) de todo lo actuado, conforme IF-2017-
5837496-DGSUM;
Que el Sr. Moirano Lamelas planteó la nulidad de informe N° IF-2017-5837496-
DGSUM, a través del cual se le tuvo por decaído su derecho a presentar descargo y
prueba, presentando en dicha oportunidad el correspondiente descargo;
Que, consecuentemente, no restando medidas de prueba pendientes de producción,
se dispuso la clausura de la etapa de instrucción;
Que la Dirección General de Sumarios de la Procuración General de la Ciudad,
mediante Informe identificado como N° IF-2017-24531210-DGSUM, aconsejó
desestimar el planteo de nulidad impetrado por el agente, en virtud de los fundamentos
allí expuestos, y sancionarlo con cesantía por haber sido hallado responsable del
primer cargo de los formulados en autos, infringiendocon su accionar los deberes
establecidos en el artículo 6º, incisos c) y d), de la Ordenanza N° 40.593 (texto
consolidado por Ley N° 6.347), quedando aprehendida su conducta en las previsiones
del artículo 36, inciso f) del citado plexo normativo;
Que, asimismo, dicho Organismo Jurídico Asesor aconsejó declarar al señor Daniel
Alberto Moirano Lamelas exento de responsabilidad disciplinaria respecto de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6193 - 13/08/2021

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