Decreto n° 26

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición12 de Enero de 0005

DECRETO N° 26

Mendoza, 10 de enero de 2005

Visto el expediente N° 148-S-05-00951 y las disposiciones de la Ley N° 24.185, los Decretos Nros. 955/04, 202/01 y 778/99, y

CONSIDERANDO:

Que en dichas actuaciones las partes de la negociación colectiva del Sector Salud, solicitan la homologación del acuerdo alcanzado con fecha 27 de diciembre de 2004;

Que la citada homologación, resulta procedente con relación a aquellas cláusulas o puntos del, acuerdo que así lo requieran, a fin de que adquieran las características de fuerza normativa, efecto erga omnes y plazo de vigencia;

Que aquellos otros puntos que tienen por objeto aspectos atinentes a procedimientos, plazos o materia de negociación, tienen plena vigencia entre las partes, pero no requieren homologación por carecer de los requisitos antes descriptos;

Que en este sentido y conforme lo dictaminado por Asesoría de Gabinete del Ministerio de Gobierno, se considera que los puntos primero, cuarto y sexto del Acuerdo deben ser homologados, por cumplir las condiciones de la legislación vigente en la materia y no afectar disposiciones de orden público.

Por ello,

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1°

Homológuense los puntos Primero, Cuarto y Sexto del Acta Acuerdo de fecha 27 de diciembre de 2004, suscripta por los miembros de la Comisión Negociadora del Sector Salud, que en fotocopia y como Anexo forma parte del presente Decreto.

Artículo 2°

Este decreto, en cuanto homologa el Punto Primero del Acta Acuerdo citada precedentemente, se dicta ad referéndum de la Honorable Legislatura Provincial.

Artículo 3°

El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y de Hacienda.

Artículo 4°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

JUAN CARLOS JALIFF

Alfredo Cornejo

Alejandro Gallego

____

REF. EXP. 884/04 ACUM AL 985/04

personal, profesional y no profesional. Para ello se conformará una subcomisión paritaria de profesionales y no profesionales que tendrá como plazo el 29 de abril de 2005, para presentar el estudio definitivo. B)- Buscar las soluciones para todo el resto del personal temporario que por razones legales no haya sido posible su pase a planta permanente de acuerdo al punto 5. C) - Tratar el otorgamiento de días por enfermedad y por año no afectado al presentismo, reglamentando en conjunto entre las partes lo referente a las...

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