Decreto N° 2.983

EmisorMin. Seguridad
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2010

DECRETO N° 2.983

Mendoza, 1 de diciembre de 2010

Visto el expediente N° 14083-M-2010-00106; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones el Ministerio de Seguridad informa el incumplimiento contractual de la Empresa Ciccone Calcográfica, con motivo de la adquisición de "Un Sistema Integral compuesto por Un Sistema Automático de Identificación de Huellas Dactilares y de una Solución Tecnológica para la Reingeniería de la Emisión de Cédulas de Identidad y Certificados de Antecedentes Policiales" contratada mediante Decreto N° 1402/07;

Que mediante Decreto N° 2741, de fecha 12/10/2007, se adjudicó a Ciccone Calcográfica S.A. de su propuesta de fs. 231/232; 1832/2905; 3614/3617 y 3664/3697, y mantenimiento de oferta de fs. 3777, los ítems 2; 3, y 5 al 14 de la oferta básica y 16; 17 y 18 de las ofertas opcionales de conformidad a lo dispuesto por Decreto Nº 1402/07; el que fuera notificado en fecha 26/10/2007;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 14 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los ítems Nros. 6; 10; 11.2; 11.3; 13 y 18 correspondientes a servicios mensuales, se contrataron por un plazo de 36 meses;

Que el artículo 25 del Código Civil establece los plazos de mes o meses, terminarán el día que los respectivos meses tengan el mismo número de días de su fecha. Así, un plazo que comience el 15 de un mes, terminará el 15 del mes correspondiente, cualquiera que sea el número de días que tengan los meses;

Que conforme lo expresado precedentemente y teniendo en cuenta que la notificación de adjudicación se efectuó el 26 de octubre de 2007, el adjudicatario se encuentra comprometido a cumplimentar las obligaciones de la presente contratación hasta el día 26 de octubre del presente año;

Que según lo dispuesto por el artículo 14 del Pliego de Bases Particulares, el plazo básico de treinta y seis (36) meses, es renovable automáticamente por períodos similares al inicial y en idénticas condiciones, salvo aviso fehaciente de cualquiera de las partes con una anticipación no menor a sesenta (60) días corridos anteriores a la fecha de renovación del contrato;

Que restando menos de sesenta (60) días al 26 de octubre del presente año, se entiende que en forma automática se ha prorrogado el contrato directo;

Que lo informado por la Dirección de Investigaciones -División Antecedentes Personales- a fs. 1, según el cual al finalizar el turno de atención al público del día 09/09/2010, no se habían expedido...

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