Decreto Nº 2362

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2017
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2016

DECRETO Nº 2362

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

15/SEP/2016

VISTO:

El expediente Nº 00601-0049283-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona la modificación del Decreto Nº 0001/1995 que aprobó el texto de ajuste y reordenamiento del Registro de Licitadores de Obras Públicas, y,

CONSIDERANDO:

Que la función que cumple el Registro de Licitadores en el procedimiento administrativo de contratación de Obras Públicas es fundamental para lograr la eficacia y eficiencia en las mismas;

Que existe la necesidad de adecuación y actualización del funcionamiento del Registro de Licitadores con el fin de optimizar la articulación público - privado en materia de Obras Públicas;

Que en los procesos licitatorios para la contratación de Obra Pública es necesario realizar cambios en los procedimientos, haciéndolos mucho más ágiles y dinámicos, permitiendo - a su vez - dotar de mayor contenido conceptual y sustancial a los principios generales del procedimiento administrativo licitatorio;

Que en virtud de lo expuesto, resultó conveniente efectuar algunas modificaciones con el fin de dinamizar y agilizar la función del mencionado registro;

Que asimismo, las modificaciones propuestas conllevan una mejora en los principios rectores en materia de licitaciones, como son los de transparencia, igualdad, concurrencia, eficiencia y eficacia;

Que en tal sentido, resultó oportuno modificar algunas prescripciones del Decreto Nº 0001/95;

Que la presente gestión encuadra en el marco de atribuciones conferidas en el Artículo 72 inciso 4° de la Constitución Provincial;

Que tomaron conocimiento de lo actuado la Secretaría de Coordinación Técnica del Ministerio de Infraestructura y Transporte, el Director Provincial de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Secretaria de Estado del Habitat, el Subsecretario de Gestión de Proyectos Estratégicos de la Gobernación de Santa Fe y el Subsecretario Administrativo del Ministerio de Obras Públicas (fs. 09/11 vta.);

Que se expidieron la Dirección General de Asuntos Jurídicos - M.O.P. en su Providencia de foja 07, la Dirección Provincial de Auditoría y Control de Gestión - M.O.P. (foja 06) y Fiscalía de Estado en su Dictamen N° 472/16 (fs. 15/16), sin formular observaciones;

POR ELLO,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°

Modifícase el Artículo 1° del Anexo del Decreto Nº...

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