Decreto Nº 2362
Fecha de Entrada en Vigor | 23 de Marzo de 2017 |
Fecha de la disposición | 29 de Septiembre de 2016 |
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”
15/SEP/2016
VISTO:
El expediente Nº 00601-0049283-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, por el cual se gestiona la modificación del Decreto Nº 0001/1995 que aprobó el texto de ajuste y reordenamiento del Registro de Licitadores de Obras Públicas, y,
CONSIDERANDO:
Que la función que cumple el Registro de Licitadores en el procedimiento administrativo de contratación de Obras Públicas es fundamental para lograr la eficacia y eficiencia en las mismas;
Que existe la necesidad de adecuación y actualización del funcionamiento del Registro de Licitadores con el fin de optimizar la articulación público - privado en materia de Obras Públicas;
Que en los procesos licitatorios para la contratación de Obra Pública es necesario realizar cambios en los procedimientos, haciéndolos mucho más ágiles y dinámicos, permitiendo - a su vez - dotar de mayor contenido conceptual y sustancial a los principios generales del procedimiento administrativo licitatorio;
Que en virtud de lo expuesto, resultó conveniente efectuar algunas modificaciones con el fin de dinamizar y agilizar la función del mencionado registro;
Que asimismo, las modificaciones propuestas conllevan una mejora en los principios rectores en materia de licitaciones, como son los de transparencia, igualdad, concurrencia, eficiencia y eficacia;
Que en tal sentido, resultó oportuno modificar algunas prescripciones del Decreto Nº 0001/95;
Que la presente gestión encuadra en el marco de atribuciones conferidas en el Artículo 72 inciso 4° de la Constitución Provincial;
Que tomaron conocimiento de lo actuado la Secretaría de Coordinación Técnica del Ministerio de Infraestructura y Transporte, el Director Provincial de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Secretaria de Estado del Habitat, el Subsecretario de Gestión de Proyectos Estratégicos de la Gobernación de Santa Fe y el Subsecretario Administrativo del Ministerio de Obras Públicas (fs. 09/11 vta.);
Que se expidieron la Dirección General de Asuntos Jurídicos - M.O.P. en su Providencia de foja 07, la Dirección Provincial de Auditoría y Control de Gestión - M.O.P. (foja 06) y Fiscalía de Estado en su Dictamen N° 472/16 (fs. 15/16), sin formular observaciones;
POR ELLO,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Modifícase el Artículo 1° del Anexo del Decreto Nº...
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