Decreto N° 226

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición26 de Marzo de 2015
CÓRDOBA, 30 de abril de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIV - Nº 80 Primera Sección 3
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la
Fiscalía Tributaria Adjunta, a la Secretaría de Ingresos Públicos,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Córdoba, 21 de Abril de 2015
VISTO: el Acuerdo N° 55 del Consejo de la Magistratura
de la Provincia de Córdoba, de fecha 12 de noviembre de
2014.
Y CONSIDERANDO:
Que por el citado Acuerdo, el Consejo de la Magistratura,
una vez cumplidos los trámites de rigor, elevó la propuesta
para la designación del señor Jorge Luis Carranza, M.I. N°
13.090.704, como Juez de Niñez, Juventud y Violencia Fa-
miliar de Quinta Nominación de la Primera Circunscripción
Judicial con asiento en la ciudad de Córdoba, remitiendo el
listado con el puntaje obtenido por cada uno de los
seleccionados.
Que este Poder Ejecutivo, en los términos del Decreto N°
2635/99, solicitó a la Legislatura de la Provincia prestara
acuerdo para designar al Sr. Jorge Luis Carranza, quien
resultó primero en el orden de mérito remitido.
Que la Legislatura Provincial, en sesión pública del día 8
de abril del año 2015, prestó el acuerdo solicitado por
Resolución R-2764/15, de conformidad a lo dispuesto por el
artículo 104 inciso 42 de la Constitución Provincial.
Que en consecuencia, cumplimentados los requisitos le-
gales y constitucionales corresponde proceder a la
designación del Sr. Jorge Luis Carranza en el cargo
mencionado.
Por ello, lo dispuesto por la Ley N° 8802 y modificatorias,
y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos
144 inciso 9 y 157 de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- DESÍGNASE al señor Jorge Luis
Carranza, M.I. N° 13.090.704, en el cargo de Juez de Niñez,
Juventud y Violencia Familiar de Quinta Nominación de la
Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de
Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento
de lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la
Jurisdicción 3.00, Programa 920, Partida Principal 01, Parcial
01, Grupo 26, cargo 030, del Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la
señora Ministra de Justicia y Derechos Humanos, y el señor
Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribu-
nal Superior de Justicia, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
GRACIELA DEL VALLE CHAYEP
MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 280 Córdoba, 21 de Abril de 2015
VISTO: El expediente Nº 0532-077773/2013, del registro de
la Dirección General de Rentas dependiente del Ministerio de
Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la renuncia
presentada por el Abogado Edgar Román Costa al cargo de
Procurador Fiscal de la Provincia de Córdoba, designado
oportunamente por Decreto N° 296/13.
Que el citado profesional recibió liquidaciones judiciales, sin
que las mismas hayan sido objeto de presentación judicial alguna,
lo cual no importa perjuicio alguno al Fisco de la Provincia de
Córdoba, las cuales fueron readjudicadas por Fiscalía Tributaria
Adjunta, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 12 del
Decreto N° 97/08.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, normas legales
citadas, lo dispuesto por los Artículos 1909, 1969, concordantes
y correlativos del Código Civil, lo dictaminado por la Fiscalía
Tributaria Adjunta con el Nº 14/14, el Área Legales del Ministerio
de Finanzas al Nº 73/15 y por Fiscalía de Estado al Nº 000193/
15 y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 144
inciso 1) de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- ACÉPTASE la renuncia presentada por el
Abogado Edgar Román COSTA D.N.I. Nº 23.764.470, Matrícula
Profesional N° 1-32248 al cargo de Procurador Fiscal de la
Provincia de Córdoba dependiente de Fiscalía Tributaria Adjunta,
debiendo el mismo proceder conforme las pautas establecidas
en el Artículo 12 y concordantes del Decreto N° 97/08.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el
señor Ministro de Finanzas y por el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dése a la
Fiscalía Tributaria Adjunta, a la Secretaría de Ingresos Públicos,
notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
JORGE EDUARDO CÓRDOBA
FISCAL DE ESTADO
Decreto N° 296 Córdoba, 21 de Abril de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0111-060292/11 -dos (2) cuerpos-
del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obra la Resolución N° 1224/13 emanada de la Dirección
General de Institutos Privados de Enseñanza, dependiente de
dicho Ministerio, por la que se dispuso caducar la adscripción del
Instituto “EL SALVADOR” -Nivel Medio- de esta Capital, habiendo
sido reconocido por su similar N° 1346/11, el señor Sergio Gustavo
BARROS (M.I. N° 20.873.556) en su calidad de Administrador
General de la Sucesión del difunto ex propietario, señor Ramón
Arturo BARROS, se otorga la adscripción al referido instituto de
propiedad de Fundación El Salvador y se toma conocimiento de
la representación legal del mismo, todo con efecto a partir del 1°
de marzo de 2013, estableciéndose que tal concesión no significa
derecho adquirido alguno del propietario al aporte estatal, ni
obligación de la Provincia a concederlo.
Que conforme con las constancias documentales e informativas
incorporadas en autos y prescripciones legales de rigor, la
decisión se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-
formales-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326,
encontrándose tal determinación técnica, administrativa e
institucional plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para
la ratificación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, y los Dictámenes
Nros. 467/14 del Área Jurídica del Ministerio de
Educación y 223/15 de Fiscalía de Estado.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución N° 1224/13
emanada de la Dirección General de Institutos Privados de
Enseñanza, dependiente del Ministerio de Educación, la que
compuesta de una (1) foja útil, forma parte del presente decreto,
por la que se dispuso caducar la adscripción del Instituto “EL
SALVADOR” -Nivel Medio- de esta Capital, habiendo sido
reconocido por su similar N° 1346/11 el señor Sergio Gustavo
BARROS (M.I. N° 20.873.556) en su calidad de Administrador
General de la Sucesión del difunto ex propietario, señor Ramón
Arturo BARROS, se otorga la adscripción al referido instituto, de
propiedad de Fundación El Salvador y se toma conocimiento de
la representación legal del mismo, todo con efecto a partir del 1°
de marzo de 2013, estableciéndose que tal concesión no significa
derecho adquirido alguno del propietario al aporte estatal, ni
obligación de la Provincia a concederlo.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el
señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese
en el Boletín Oficial notifíquese y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/BVS10i
Decreto N° 226 Córdoba, 26 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente N° 0109-112592/2012, del registro del
Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran actuaciones por las cuales la comunidad y miembros
de la Escuela de Nivel Primario “HILARIO ASCASUBI” de Colonia
Altos Verde Norte -Departamento Juárez Celman-, dependiente
de la Dirección General de Nivel Inicial y Primario -Ministerio de
Educación-, solicitan el cambio de nombre de ese centro educativo
por el de “RAUL RICARDO ROMERO”.
Que mediante la Resolución Ministerial N° 866/1994, se dispuso
imponer el nombre de “HILARIO ASCASUBI” al referido
establecimiento educativo.
Que el nombre de “RAUL RICARDO ROMERO”, surge como
un justo reconocimiento a los soldados argentinos que
combatieron en la guerra de las Islas Malvinas, quienes ofrendaron
su vida por la Patria durante el conflicto del Atlántico Sur.
Que imponer al establecimiento educativo el nombre de este ex
alumno constituye un homenaje a un héroe local para revalorizar
su entrega y mantener vivo el recuerdo de quien confiara su
vida en la defensa de la soberanía nacional.
Que este recuerdo servirá como conmemoración de un ejemplo
de valentía y patriotismo, digno de ser imitado por las nuevas
generaciones, para que con entusiasmo y amor por el estudio y
el trabajo, sepan defender y honrar nuestra Nación en cada acto
de la vida cotidiana.
Que los organismos técnicos competentes han tomado la debida

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