Decreto N 804/GCABA/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Octubre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETO N 804/GCABA/10SE DESESTIMA RECURSO DE ALZADA CONTRA EL PUNTO 4 DEL ACTA DE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE VIVIENDA N° 2379/09

Buenos Aires, 20 de octubre de 2010

DECRETO N.° 804/10.

Buenos Aires, 20 de octubre de 2010

VISTO:

El Acta de Directorio N° 2379/D/09 del Instituto de Vivienda, y el Expediente N° 721.268/10 y agregados, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se sustancia el recurso de alzada interpuesto por la Empresa ALTA TECNOLOGÍA SOCIEDAD DEL ESTADO (ALTEC S.E.), contra el Punto 4) del Acta de Directorio N° 2379/D/09 del Instituto de Vivienda de fecha 26 de mayo de 2009;

Que por dicha Acta se rechazó el reclamo administrativo incoado por la citada empresa en relación al contrato celebrado entre ambas partes para la "Tercerización de la provisión y mantenimiento de sistemas informáticos";

Que, asimismo, en ese acto se rescindió, por exclusiva culpa del contratista, el contrato referido, conforme lo establecido en el Inc. 92 de la Reglamentación del Art. 61 de la Ley de Contabilidad, aprobada por el Decreto N° 5720-PEN-72, normativa de aplicación de conformidad a lo prescripto por el artículo 144 de la Ley N° 2.095;

Que, en su presentación, la empresa pone de manifiesto que: "...para realizar las tareas de relevamiento y presentar posteriormente los avances de trabajo, era necesario que el IVC preste colaboración a ALTEC S.E., de manera coordinada, situación que no tuvo lugar..."-,

Que, asimismo, la recurrente expresa que si bien la Administración reconoce un cumplimiento parcial de las tareas, no ha abonado absolutamente nada por los servicios prestados;

Que, finalmente, se agravia porque no ha recibido respuestas a las notas cursadas con fecha 30 de Mayo y 11 de Julio de 2006, en pos de reencausar el contrato, y ante el reclamo previo en el que intima el pago de las sumas adeudadas, bajo apercibimiento de rescindir el contrato, recibe como respuesta, la rescisión por parte de la Administración;

Que, en consecuencia, solicita que se revoque el Acta de Directorio del IVC N° 2379/D/09 y se declare rescindida por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR