Decreto nº 2240/24 Gob
Fecha de publicación | 04 Septiembre 2024 |
Número de Gaceta | 27927 |
Sección | Sección Administrativa |
Paraná, miércoles 4 de septiembre de 2024 BOLETIN OFICIAL / Sección Ad ministrativa 13
DECRETO Nº 2240/24 GOB
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Paraná, 20 de agosto de 2024
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales el Abogado Orlando S. AGUIRRE, apoderado legal de la Sra.
Antonina Angélica DÍAZ, interpone Recurso de Queja; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse las actuaciones caratuladas con el N.U.C.: 69319 -
R.U. N° 165180 con sus agregados;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes de la Caja de
Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Área Despacho de dicho ente, desde el
26/02/2024, encontrándose vencido el plazo previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el Art. 35° de
la Ley N° 7060;
Que en virtud de lo expuesto corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a
imprimir el trámite pertinente a las actuaciones en cuestión;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el Art. 174º de la Constitución Provincial y
en cumplimiento de lo dispuesto por los Arts. 72° al 74° de la Ley N° 7060 y de la Directiva N° 8/16 SGG ratificada
por Decreto N° 1083/23 GOB;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Hácese lugar al Recurso de Queja interpuesto por el Abogado Orlando S. AGUIRRE, apoderado
legal de la Sra. Antonina Angélica DÍAZ, M.I. N° 03.936.527, con domicilio legal constituido en calle Villaguay N°
323, de esta ciudad, en relación a las actuaciones caratuladas con el N.U.C.: 69319 - R.U. N° 165180 con sus
agregados, y en consecuencia intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a efectos de
imprimir a las actuaciones citadas el trámite pertinente dentro de los diez (10) días hábiles administrativos de
notificado el presente.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE
GOBIERNO Y TRABAJO.-
ARTÍCULO 3º.- Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la
Gobernación para la notificación a la recurrente. Cumplido, pase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la
Provincia. Publíquese y archívese.-
ROGELIO FRIGERIO
Manuel Troncoso
MINISTERIO DE PLANEAMIENTO, INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS
DECRETO Nº 2221/24 MPIyS
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Paraná, 15 de agosto de 2024
VISTO:
El Recurso de Revocatoria, interpuesto por el Dr. Julián P. Pedrotti, en su carácter de Apoderado Legal de la
Empresa CEMYC S.R.L. contra el Decreto N° 3903/22 MPIyS, correspondiente a la obra: “AMPLIACIÓN TRES
AULAS, CERRAMIENTO PLAYÓN DEPORTIVO Y GRUPO SANITARIO E.E.T. N° 139 - VIALE -
DEPARTAMENTO PARANÁ”; y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto se dispuso facultar a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del
Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios a emitir el pago a dicha firma de la suma dispuesta en
concepto de intereses moratorios por el pago fuera de término de determinados certificados correspondientes a la
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