Decreto N° 219 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Julio de 2022
EmisorPoder Legislativo
Fecha de la disposición26 de Julio de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCXCI - Nº 153
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 29 DE JULIO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
PODER LEGISLATIVO
Decreto N° 219
Córdoba, 26 de julio de 2022
VISTO: el Decreto Nº 057 de fecha 9 de abril de 2021 de la Presidencia del
Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, prorrogado mediante los De-
cretos N° 100/2021, Nº 135/2021, Nº 171/2021, Nº 212/2021, Nº 271/2021,
Nº 306/2021, Nº 371/2021, N° 436/2021, N° 030/2022 y Nº 119/2022, y la
Resolución Nº 09/2021 de la Secretaría Administrativa.
Y CONSIDERANDO:
Que, a través del mencionado Decreto Nº 057/2021 se dispuso ins-
trumentar el régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria, en los términos
previstos en el artículo 29 de la Ley N° 8836, su reglamentación y normas
complementarias, para el Personal de la Legislatura Provincial compren-
dido en la Ley N° 9880 – Estatuto Escalafón para el Personal del Poder
Legislativo de la Provincia de Córdoba al que, al día 31 de marzo de 2021,
le faltare hasta diez (10) años para reunir las condiciones y requisitos vi-
gentes para la obtención de la jubilación ordinaria.
Que a dicho n, se jó como plazo para que los interesados mani-
esten su voluntad de ser incluidos en el régimen, los días comprendidos
entre el 14 de abril de 2021 y el 13 de mayo de 2021, inclusive, previendo
asimismo que dicho plazo podría ser prorrogado.
Que por Resolución Nº 09/2021 de la Secretaría Administrativa se es-
tableció que el Registro de Aspirantes a obtener el benecio de la Pasivi-
dad Anticipada Voluntaria operaría en las fechas supra citadas, y a través
de la Plataforma informática “CIDI – EDI Empleado Digital”, donde se re-
ceptarían las solicitudes.
Que, atento a la gran cantidad de consultas e interés que la propuesta ge-
neró, mediante los citados Decretos N° 100/2021, Nº 135/2021, Nº 171/2021, Nº
212/2021, Nº 271/2021, Nº 306/2021, Nº 371/2021, N° 436/2021, N° 030/2022
y 119/2022, se dispuso sucesivamente la prórroga del plazo para adherirse a
la misma, desde el día 14 de mayo de 2021 y hasta el día 31 de julio de 2022,
inclusive, para aquellos agentes interesados en gestionar su inscripción en el
Régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria.
Que debido a la continuidad de consultas por par te de los interesados,
deviene oportuno en esta instancia prorrogar el plazo para adherirse al
Régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria, desde el día 01 de agosto de
2022 y hasta el día 31 de octubre de 2022, inclusive, extendiendo asimis-
mo la invitación a adherirse al mismo a favor del personal que al día 30 de
junio de 2022 le faltare hasta diez (10) años para reunir las condiciones y
requisitos vigentes para acceder al benecio de la jubilación ordinaria.
Por ello, lo dispuesto por el artículo 29, correlativos y concordantes de la
Ley N° 8836, su Decreto Reglamentario N° 940/2000 y normas complemen-
tarias, el Decreto N° 002/2001 de la Legislatura de la Provincia de Córdoba,
y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 84 de la Constitución
Provincial y el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura Provincial;
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA,
EN CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
DECRETA:
Artículo 1°: PRORRÓGUESE desde el día 01 de agosto de 2022 y
hasta el día 31 de octubre de 2022, inclusive, el plazo para la inscripción en
el Registro de Aspirantes a obtener el benecio de la Pasividad Anticipada
Voluntaria, por parte del personal de la Legislatura Provincial comprendido
en la Ley N° 9880 - Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legisla-
tivo de la Provincia de Córdoba, que esté interesado en acogerse al Régi-
men de Pasividad de referencia y que, al día 30 de junio de 2022, le faltare
hasta diez (10) años para reunir las condiciones y requisitos vigentes para
acceder al benecio de la jubilación ordinaria.
Artículo 2°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bole-
tín Ocial de la Provincia de Córdoba y archívese.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - ANA CAROLINA
COMBA, SECRETARIA ADMINISTRATIVA DE LA LEGISLATURA DE LA PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA.-
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 46
Córdoba, 30 de mayo de 2022
VISTO: El expediente Nº 0027-082110/2022.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 2 del Folio Único 3, la rma TOTAL CLEAN CBA S.R.L pe-
ticiona la redeterminación de precios por reconocimiento de variación de
costos en el marco de la Subasta Electrónica Inversa – Cotización N°
2020/000035, por el servicio de limpieza para los inmuebles de la Dirección
General del Registro Civil y Capacidad de las Personas sito en Tablada N°
181 y Caseros N° 356 de esta ciudad, que fuera adjudicado por Resolución
Ministerial N° 289/2020, con redeterminación de precios aprobada por sus
similares N° 224/2021, N° 278/2021 y N° 318/2021.
Que obra Acta Acuerdo suscripta con la mencionada rma, con fecha
16 de mayo de 2022, determinando a partir del día 1° de abril de 2022 y
hasta la nalización del contrato que operará el 31 de diciembre de 2022,
un nuevo monto mensual en contraprestación por el servicio de limpieza de
que se trata, en razón de la variación de costos operada, conforme surge
del informe técnico elaborado por el Área Contrataciones, el que asciende
a la suma de pesos trescientos cincuenta mil novecientos cuarenta y cuatro
con cuarenta centavos ($ 350.944,40.-).
Por ello, atento a las actuaciones cumplidas; lo dispuesto por los
artículos 3, 30 y 31 de las Condiciones de Contratación – Generales y
Particulares- que rigiera la Subasta Electrónica Inversa – Cotización N°
2020/000035; Decreto N° 305/14, reglamentario de la Ley N° 10.155 y sus
modicatorios; Informe Técnico del Área Contrataciones a fs. 32/33; Or-
den de Compra Nº 2022/000048 confeccionada por la Jefatura de Área
de Administración, ambos dependientes de la Dirección General de Coor-
dinación Operativa y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 196/2022,

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