Decreto nº 2159/24 Gob

Fecha de publicación29 Agosto 2024
Número de Gaceta27923
SecciónSección Administrativa
Paraná, jueves 29 de agosto de 2024 BOLETIN OFICIAL / Sección Administrat iva 5
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el art. 174º de la Constitución de la
Provincia;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Declárense Huésped de Honor del Gobierno de Entre Ríos a el señor Embajador de los Estados
Unidos en Argentina, Sr. Marc Robert STANLEY, acompañado de su Comitiva, mientras permanezcan en el
territorio de la Provincia.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE
GOBIERNO Y TRABAJO.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
ROGELIO FRIGERIO
Manuel Troncoso
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DECRETO Nº 2159/24 GOB
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Paraná, 12 de agosto de 2024
VISTO:
La Resolución N° 255/21 U.E.P., de fecha 9 de junio de 2021, por la cual se dispuso la instrucción de un Sumario
Administrativo al agente Marcelo Javier GARCÍA, DNI N° 24.487.088, Legajo N° 178.498;
CONSIDERANDO:
Que el agente Marcelo Javier GARCÍA, DNI N° 24.487.088, Legajo N° 178.498, solicitó licencia sin goce de
haberes por NOVENTA (90) días corridos, a partir del día 12 de febrero de 2020, por razones personales; y
Que, por Resolución N° 322 MPIyS, de fecha 12 de abril de 2021, se otorgó Licencia Extraordinaria sin goce de
haberes al agente Marcelo Javier GARCÍA, DNI N° 24.487.088, por el término de NOVENTA (90) días corridos, a
partir del día 12 de febrero de 2020; y
Que, mediante las Cartas Documento Andreani +3334257-0 y E3334256-3, se notificó al agente Marcelo Javier
GARCÍA, DNI N° 24.487.088, el contenido de la Resolución N° 322/21 MPIS, y se lo intimó a que se presente en
su lugar de trabajo, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes establecidas en la Ley 9.755; y
Que, por Resolución N° 220/21 U.E.P. de fecha 21 de mayo de 2021, se suspendieron los pagos de los haberes
del mencionado agente hasta tanto culmine el procedimiento disciplinario; y
Que, por Resolución N° 255/21 U.E.P., de fecha 9 de junio de 2021, se dispuso la instrucción de un Sumario
Administrativo al agente Marcelo Javier GARCÍA; y
Que la Comisión Asesora de Disciplina, en su Dictamen N° 61, de fecha 12 de septiembre de 2023, se pronunció
sobre el hecho reprochado al agente GARCÍA: “… Efectivamente, el sumariado solicitó licencia sin goce de
haberes el 12 de febrero de 2020 (fs. 22) y, habiéndosele concedido for malmente la misma por Resolución N°
322/2021 MPIyS (fs. 23/vta.); la cual se le notificara mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (fs.
01/07), procediéndose, además a INTIMARLO FORMALMENTE a reintegrarse a su lugar de trabajo, bajo
apercibimientos de ley, haciendo caso omiso al referido requerimiento”; y
Asimismo, que: “Surge del testimonio prestado en el presente por el JEFE DE PERSONAL de la UNIDAD
EJECUTORA PROVINCIAL (U.E.P.), agente ALBERT O JUAN ANTONIO GOROSTEGUI (fs. 53 vta.) y de l informe
de fs. 38, que el agente GARCÍA jamás se reintegró a su lugar de trabajo; quedando así su conducta incursa en la
causal de cesantía prevista en el Artículo 71º inc. B) de la Ley 9755.”; y
Que, por todo ello, aconseja se aplique al agente GARCÍA, “la sanción de cesantía por haber incurrido en
Abandono de Servicio, al no reintegrarse a su lugar de trabajo, luego de haber sido formalmente intimado, a tal
efecto, habiéndose acreditado en la investigación sumarial el cargo que se le endilgara en la Resolución N°
255/2021 UEP, quedando así su conducta incursa en la causal prevista en el Artículo 71º Inciso b) de la Ley
Provincial N° 9755 - Marco de Regulación del Empleo Público de la Provincia”; y
Que se han respetado a lo largo de las actuaciones los derechos de defensa y debido proceso, así como los
principios de proporcionalidad y legalidad; y

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