Decreto n° 211

EmisorMinisterio de Ambiente y Obras Publicas
Fecha de la disposición13 de Mayo de 0005

DECRETO N° 211

Mendoza, 10 de febrero de 2005

Visto el expediente N° 998-D-2004-03834 en el cual se eleva para su aprobación el Convenio para el seguimiento y monitoreo de la actividad petrolera en el área de la Payunia y su zona de influencia, celebrado en fecha 10 de setiembre del año 2004 entre el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, la Fundación del Centro Regional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas y la Empresa YPF S.A., y

CONSIDERANDO:

Que dicho convenio tiene como objeto la conformación de la Unidad de Gestión Ambiental Payunia - UGAP, destinada al control y seguimiento de la actividad petrolera en el área de la Payunia y su zona de influencia en el Departamento Malargüe.

Por ello y teniendo en cuenta el dictamen emitido por Asesoría Legal del Ministerio y lo informado por la Comisión Valuadora de la Provincia,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°

Apruébese el Convenio para el seguimiento y monitoreo de la actividad petrolera en el área de la Payunia y su zona de influencia, celebrado en fecha 10 de setiembre del año 2004 entre el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, la Fundación del Centro Regional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas y la Empresa YPF S.A.

El referido instrumento integra el presente decreto como Anexo en fotocopia autenticada, constante de cinco (5) fojas.

Artículo 2°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial archívese.

JULIO CESAR CLETO COBOS

Francisco Morandini

________

ANEXO

Expte. Nº 998-D-2004-03834

Decreto Nº 211

Convenio para el Seguimiento

y Monitoreo de la Actividad Petrolera en el área de la Payunia y su zona de influencia

Entre el Ministerio de Ambiente y Obras Públicas de la Provincia de Mendoza, representado en este acto por el Señor Ministro Ingeniero Francisco Darío Morandini, en adelante denominado ¬ìEl Ministerio¬î, la Fundación CRICyT (Centro Regional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas), representada en este acto por su presidente, el Doctor Sergio Alberto Roig, en adelante denominada ¬ìLa Fundación¬î y la Empresa YPF S.A., representada por el Ingeniero José María Moreno Villaluenga, en su carácter de Director de la Unidad de Negocios Argentina Oeste, en adelante ¬ìYPF¬î, todos denominados sucesivamente y en forma conjunta como las Partes o individualmente la Parte, acuerdan celebrar el presente convenio, en lo sucesivo denominado el Convenio, sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera. Antecedentes: De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 5961 y el Decreto N° 437/93, ¬ìEl Ministerio¬î, a través de la Dirección de Saneamiento y Control Ambiental, en adelante DSCA, tiene a su cargo la responsabilidad de coordinar e implementar el ¬ìPrograma de Monitoreo, Control y Vigilancia de las Empresas Petroleras que operan en la Provincia de Mendoza¬î, destinado a prevenir y evaluar potenciales efectos negativos de las actividades hidrocarburíferas, en el ámbito de la jurisdicción y competencia de la DSCA.

Segunda. Objeto: El presente Convenio tiene por objeto la conformación de la Unidad de Gestión Ambiental Payunia, y su zona de

sucesivo...

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