Decreto N° 210

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición12 de Junio de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DECRETO N.º 210/19
Buenos Aires, 7 de junio de 2019
VISTO: La Ley N° 5.460 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) y su modificatoria Nº
5.960, los Decretos Nros. 363/15 y modificatorios, y 194/19, el Expediente Electrónico
Nº 17753688-GCABA-DGTALMEF/19, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley 5.460 y su modificatoria Nº 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico
funcional dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 194/19 se modificó la estructura organizativa del Ministerio
de Economía y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, en consecuencia, el señor Ministro de Economía y Finanzas propicia las
ratificaciones y las designaciones de los diversos funcionarios que se indican en los
Anexos I y II del presente Decreto en los cargos que allí se establecen, a partir del 1°
de junio de 2019;
Que conforme lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Ratifícanse, a partir del 1° de junio de 2019, a los funcionarios que se
detallan en el Anexo I (IF-2019-17990581-MEFGC), que a todos sus efectos forma
parte integrante del presente Decreto, en los cargos que allí se establecen.
Artículo 2°.- Desígnanse, a partir del 1° de junio de 2019, a las personas que se
detallan en el Anexo II (IF-2019-17990800-MEFGC), que a todos sus efectos forma
parte integrante del presente Decreto, en los cargos detallados.
Artículo 3º.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese
a los interesados, dejando constancia que deberán dar cumplimiento a lo establecido
en el artículo 15 de la Ley N° 4895 (texto consolidado según Ley N°6.017),
comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a las Direcciones
Generales de Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Administración y
Liquidación de Haberes del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General
Proyectos Tecnológicos y Gestión Documental y a la Dirección General Escribanía
General, ambas dependientes de la Secretaría Legal y Técnica y para su conocimiento
y demás efectos, remítase al Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5637 - 12/06/2019

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