Decreto Nº 21 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición12 de Enero de 2017
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 11
CORDOBA, (R.A.), LUNES 16 DE ENERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto Nº 21
Córdoba, 12 de enero de 2017
VISTO: El Expediente N° 0632-009124 /2017 del registro del Ministerio de
Agua, Ambiente y Servicios Públicos.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones los organismos técnicos del Gobierno
de la Provincia de Córdoba, propician la adecuación de la licitación para la
ejecución de los trabajos de la obra del “Programa Integral de Gasoductos
Troncales de la Provincia de Córdoba” adjudicada por Decreto N° 80/2016 a
las empresas IECSA S.A. - China Communications Construction Company
LTD Sucursal Argentina (CCCC) UTE.
Que la propuesta de las empresas adjudicatarias incluyó la provisión de
nanciamiento, quedando en consecuencia condicionada la adjudicación
al perfeccionamiento de dicha operatoria.
Que el Ministerio de Inversión y Financiamiento, a través de la Subsecreta-
ría de Financiamiento, informa el avance de las gestiones que se realizan
en dicho sentido, dando cuenta que la conclusión de las mismas deman-
dará mayores plazos, siendo necesario un lapso para su instrumentación.
Que en ese marco, y dentro del Programa Integral de Gasoductos Tron-
cales de la Provincia de Córdoba, la Dirección General de Planeamiento,
Ejecución y Gerenciamiento de Obras del Ministerio de Agua, Ambiente y
Servicios Públicos, solicita al área competente de su dependencia el aná-
lisis de una alternativa técnica/económica que permita iniciar la primera
etapa de las obras a la mayor brevedad posible.
Que todo ello se requiere, motivado por las reiteradas y numerosas solici-
tudes de las autoridades de Municipios y Comunas, empresas, coopera-
tivas y demás actores económicos y productivos de distintas zonas de la
Provincia, que peticionan de manera inmediata la provisión de gas natural,
a efectos de mantener y ampliar su estructura productiva, evitar pérdidas
de puestos de trabajo con las consecuencias sociales que ello importa,
pudiendo incluso ampliar su capacidad de producción y generación de
nuevos empleos.
Que los municipios beneciarios de las obras, al igual que el Ministerio de
Industria, Comercio y Minería, reeren a que las demoras en la obtención
del servicio del gas natural en las regiones mencionadas generan en mu-
chos casos el cierre de comercios e industrias que no pueden competir
con sus similares, asentadas en otras regiones que cuentan con el servicio
de gas natural.
Que en cumplimiento de lo instruido, dicha área técnica sugiere: la “supre-
sión de zonas donde son sumamente necesarias las obras y la posterior
contratación de las zonas desafectadas mediante cualquier proceso de se-
lección que permita el inicio inmediato de los trabajos”.
Que el informe referido justica acabadamente que la supresión de las
obras propiciada es viable desde el punto de vista técnico y no genera un
mayor costo comparativo, ni a la porción suprimida, ni a la obra remanente
de ejecutar, sino que ambas mantienen su equilibrio económico – nan-
ciero
Que así, evaluadas todas las alternativas que permitan la pronta ejecución
de los trabajos, y que técnicamente posibilite su realización en forma inde-
pendiente de la integralidad del sistema adjudicado, sin afectar su unicidad
ni sus aspectos económicos, se propone la ejecución de los siguientes
tramos integrantes de cada uno de aquellos adjudicados en la licitación N°
61/15: Sistema Este: Este sistema tiene proyectado su punto de conexión
al Gasoducto Troncal de Transportadora de Gas del Norte (TGN) inmedia-
tamente después de la Planta Compresora “Ferreyra”, que se encuentra
emplazada en inmediaciones de la localidad de Toledo, aproximadamente
a 30 Km al Este de la ciudad de Córdoba. Desde dicho punto de cone-
xión se desarrollará la infraestructura necesaria y suciente para permitir
el abastecimiento con gas natural por duetos, y de comunicaciones a las
localidades de Río Primero, Arroyito y El Fuertecito. Las obras implican:
100,00 m de gasoducto de 16” - Punto de Conexión - ESMO Ferreyra -
13.096,00 m de gasoducto de 18” y 105,00 m de gasoducto de 2” - ESMO
Ferreyra - Der. Capilla de los Remedios - 24.564,00 m de gasoducto de
18” - Der. Capilla de los Remedios - Der. Río Primero - 98,00 m de ga-
soducto de 18” y 3.822,00 m de gasoducto de 2” - PRI Río Primero - PRP
Río Primero - 7.236,00 m de gasoducto de 18” y 1.252,00 m de gasoducto
de 2” - Río Primero - PRI Pedro Vivas -11.824,00 m de gasoducto de 18”
y 230,00 m de gasoducto de 2” - PRI Pedro Vivas - PRI Santiago Temple
- 6.920,00 m de gasoducto de 12” y 15,00 m de gasoducto de 2” - PRI
Santiago Temple - PRI Los Chañar itos - 13.286,00 m de gasoducto de 12” y
24,00 m de gasoducto de 3” -PRI Los Chañaritos - PRI Transito -14.848,00
m de gasoducto de 12” y 220,00 m de gasoducto de 6” -PRI Transito - PRI
Arroyito - 6.172,00 m de ramal de aproximación de 6”, 69,00 m de ramal
de aproximación de 4” y 5.761,00 m de ramal de aproximación de 2” - PRI
Arroyito - PRI Existente - PRP Arroyito - PRP El Fuertecito - ESMO Fe-
rreyra -TLS Ø 457 mm Ferreyra - PRI Río Primero 75/25 Kg/cm²- PRP Río
Primero 25/4 Kg/cm² - TRS Ø 457 mm Ferreyra-Santiago Temple - TLS Ø
304 mm Santiago Temple -San Francisco - PRI Arroyito 75/25 Kg/cm² -PRP
Arroyito 25/4 Kg/cm² -PRP El Fuertecito 25/4 Kg/cm². Sistema Centro II: Se
proyecta un refuerzo que permite liberar las restricciones en las localida-
des de Santa Rosa de Calamuchita; Embalse; Villa General Belgrano; Villa
Del Dique; Los Cóndores; Villa Rumipal; Berrotarán; Alcira; Elena; Coronel
Baigorria; Manfredi; Alta Gracia; Rio Tercero; Almafuerte; Tancacha y Villa
Ascasubi. Las obras implican: 15.700,00 m de gasoducto de 12” - Loop
Paralelo Oncativo - Rio Tercero.
Que la propuesta de readecuación efectuada, se justica en razón que
los tramos a desafectar constituyen la primera etapa de cada uno de los
Sistemas Regionales, en virtud de encontrarse en zonas próximas a los
Gasoductos de Transpor te operados por Transpor tadora de Gas del Nor-
te S.A.; y representan aproximadamente el 23% y 16,50% del valor de
las ofertas adjudicadas por Decreto N° 80/2016 para el Sistema Este y el
Sistema Centro II respectivamente, aclarando la Dirección General de Pla-
neamiento, Ejecución y Gerenciamiento de Obras del Ministerio de Agua,
Ambiente y Servicios Públicos, que los montos tomados a efectos de la
ponderación, lo son a los valores históricos merituados por la comisión de
adjudicación para la evaluación de las ofertas.
Que de acuerdo a lo propuesto y en virtud del marco legal que rige el
proceso licitatorio de que se trata, las empresas integrantes de la UTE
adjudicataria, compartiendo plenamente la necesidad de ejecución inme-
diata de parte de las obras, expresan su conformidad incondicionada con
la readecuación contractual, la que importa la desafectación de la licitación
originaria de los tramos antes referenciados, como así también el inicio
de una nueva contratación de los mismos, renunciando a todo reclamo
por compensación por costos y/o gastos directos o indirectos, gastos im-
productivos o derivados de cualquier causa o naturaleza correspondientes
a los trabajos que se readecuan y a los que no son desafectados como
consecuencia de la desafectación, manteniéndose vigentes en los mismos
términos, alcances y condiciones su relación con la Provincia por la parte
restante de la obra.
Que la Secretaría de Administración Financiera dependiente del Ministerio
de Finanzas, informa que la Provincia cuenta con las previsiones presu-
puestarias y la disponibilidad de recursos sucientes para afrontar los gas-
tos derivados del nuevo proceso de contratación.

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