Decreto nº 2082/24 Ms
Fecha de publicación | 23 Agosto 2024 |
Número de Gaceta | 27919 |
Sección | Sección Administrativa |
Paraná, viernes 23 de agosto de 2024 BOLETIN OFICIAL / Sección Adm inistrativa 5
ARTÍCULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE
GOBIERNO Y TRABAJO.-
ARTÍCULO 3°.- Comunícase, publícase y oportunamente archívese.-
ROGELIO FRIGERIO
Manuel Troncoso
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 2082/24 MS
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Paraná, 5 de agosto de 2024
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Autorizase el Pago en el marco del Decreto N° 4476 de fecha 14 de Diciembre de 2022, a la
firma LITORAL ASISTENCIA MÉDICA S.R.L. “HOME CARE” de PARANÁ en concepto de INT ERNACIÓN
DOMICILIARIA, efectuada al paciente Valentín Exequiel VERGARA FERESIN, DNI N° 54.639.079, Beneficio N°
405-9310436/00, en el mes de Abril/2024, según Factura “B” N° 00003 -00003657 de fecha 10/05/2024, por la
suma total de PESOS CINCO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON
00/100 ($ 5.047.785,00), en virtud a lo expuesto en los considerandos precedentes.-
ARTÍCULO 2°.- Impútese el gasto a la siguiente cuenta del Presupuesto vigente:
DA 960 - C 1 - J 45 - SJ 00 - ENT 0000 - PG 18 - SP 00 - PY 00 - AC 01 - OB 00 - FI 3 - FU 12 - FF 11 - SF 0001
– I 3 -PR 4 - PA 2 - SP 0000 - DP 84 - UG 07.-
ARTÍCULO 3°.- Facúltese a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DE SALUD, a
realizar la Orden de Pago, solicitar los fondos a la TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA y al
DEPARTAMENTO TESORERÍA M.S. a realizar el pago a a la firma LITORAL ASISTENCIA MÉDICA S.R.L. CUIT
N° 30-71245885-9 “HOME CARE” de PARANÁ, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CUARENTA Y
SIETEMIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 5.047.785,00), en concepto de Internación
Domiciliaria, previa intervención de la CONTADURÍA GENERAL DE LA PROVINCIA, con cargo a rendir cuenta
ante el TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA, en virtud a lo aprobado por el Artículo 1° del presente Texto
Legal.-
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el SEÑOR MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE
SALUD.-
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese y archívese.-
ROGELIO FRIGERIO
Carlos G. Grieve
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Paraná, 7 de agosto de 2024
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se comunican inasistencias incurridas por la agente María Estela
BARRETO, DNI N° 25.828.929, Legajo N° 193.783; y
CONSIDERANDO:
Que la agente en cuestión revista en un cargo Categoría 06 - Personal de Servicios - Escalafón General del
Jardín Maternal Ternura, con prestación de servicios en la División Servicios Generales dependiente del
Departamento Bioestadística del Ministerio de Salud;
Que conforme surge de autos, la nombrada agente ha incurrido en Faltas Con y Sin Aviso durante el año 2023,
detallándose: 05/06/23, 09/06/23, 29/06/23, 30/06/23, 27/07/23, 14/08/23, 16/08/23, 29/08/23, 30/08/23, 01/09/23,
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