Decreto N° 207

EmisorÁrea Jefe de Gobierno
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DECRETO N.° 207/20
Buenos Aires, 12 de mayo de 2020
VISTO: Las Leyes N° 6.183, N° 6.279 y N° 6.298, el artículo 133 del Código Fiscal (t.o.
2019 - Decreto N° 104/19) y el Expediente Electrónico N°
12.866.898/GCABADGANFA/2020, y
CONSIDERANDO:
Que las Leyes N° 6.183, N° 6.279 y N° 6.298 han introducido diversas modificaciones
al Código Fiscal (t.o. 2019);
Que el artículo 133 del citado cuerpo legal faculta al Poder Ejecutivo a confeccionar el
texto ordenado del Código Fiscal cada vez que resulte necesario y a actualizar las
remisiones en él existentes, respecto de la Ley Tarifaria que para cada año se
sancione;
Que por lo expuesto y en virtud de razones de claridad y certeza en la aplicación de la
citada norma y una mejor técnica legislativa, se procede a confeccionar el texto
ordenado arriba mencionado a efectos de evitar una dispersión normativa;
Que de esta manera se verá facilitada la gestión de los contribuyentes y de la misma
Administración.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Apruébase el texto ordenado del Código Fiscal, su índice y su cuadro de
correlación de artículos, los que se acompañan como Anexos I (IF-2020-12885863-
GCABA-DGANFA), II (IF-2020-12885960-GCABA-DGANFA) y III (IF-2020-12886072-
GCABA-DGANFA), respectivamente, y que a todos los efectos forman parte integrante
del presente Decreto.
Artículo 2°.- Las remisiones hechas al Código Fiscal en la Ley Tarifaria para el año
2020, deberán ser convertidas en la forma que se indica en el Anexo IV (IF-2020-
12886168- GCABA-DGANFA), el que a todos los efectos forma parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Administración Gubernamental de Ingresos
Públicos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel p/p - Miguel
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5868 - 13/05/2020

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