Decreto N° 2055 1º Sección: Legislación – Normativas - EXTRAORDINARIA

Fecha de Entrada en Vigor20 de Diciembre de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
MIERCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 247 - EXTRAORDINARIA
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Decreto Nº 2055
Córdoba, 18 de diciembre de 2017
VISTO:
La proximidad de las estas de Natividad de Nuestro Señor Jesucristo.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha festividad constituye tradicionalmente motivo de unión y en-
cuentro familiar y social para todos los habitantes de nuestra Provincia.
Que a n de facilitar las clásicas reuniones que se realizan en dicha opor-
tunidad, y posibilitar el acercamiento de quienes se domicilian lejos de sus
seres queridos, se estima procedente otorgar asueto para el personal de
la Administración Pública Provincial el día viernes 22 de diciembre de 2017.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la
Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- OTÓRGASE asueto para el personal de la Administración
Pública Provincial, el día 22 de diciembre de 2017, en todo el territorio de la
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 2055 ....................................................................Pag. 1
Provincia de Córdoba.
Artículo 2°.- INSTRÚYESE a los titulares de las respectivas jurisdicciones
para que adopten las medidas pertinentes para preservar, a través de las
guardias necesarias, la normal prestación de los servicios esenciales.
Artículo 3º.- FACÚLTASE a los titulares de jurisdicción o áreas que en
virtud de la estacionalidad del año, vean incrementada su actividad, a es-
tablecer medidas de excepción a lo dispuesto en el presente instrumento
legal.
Artículo 4°.- ACLÁRASE que el asueto otorgado en el artículo 1° del pre-
sente Decreto, no alcanza a las entidades bancarias y nancieras.
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Fiscal de
Estado y rmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 6º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a los Poderes Legislativo y
Judicial, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GE-
NERAL - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
- LEY Nº 10.074
SANTA ROSA 740 - TEL. (0351) 4342126 / 27
BOE - TEL. (0351) 5243000 INT. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
ATENCIÓN AL PÚBLICO:
LUNES A VIERNES DE 8:00 A 20:00 HS.
RESPONSABLE: LILIANA LOPEZ
EXTRAORDINARIA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR