Decreto N° 20

EmisorPoder Ejecutivo
Fecha de la disposición13 de Enero de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCII - Nº 28 CÓRDOBA, 12 de febrero de 20154
estatuidos por las Leyes Nros. 26206, 9870,
Decreto-Ley 1910/E/57, Decreto Reglamentario
N° 3999/E/67 y Decreto N° 41009/A/38,
encontrándose tales determinaciones técnica,
administrativa e institucional plasmadas en la
resolución de marras.
Que en consecuencia, se ha decidido en el marco
de la normativa legal vigente y propendiendo a un
mejor servicio educativo, motivos por los que no se
visualizan impedimentos para la ratificación en esta
instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de
Educación con el N° 0920/2013, por Fiscalía de
Estado en casos similares y en uso de sus
atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución
N° 0681/11 emanada de la entonces Dirección
General de Educación Inicial y Primaria, mediante
la cual se dispuso la recategorización de la Escuela
de Nivel Primario “EDUARDO PÍO CARRILLO”
de Morteros, Departamento San Justo y el
ascenso automático y cambio de imputación del
cargo que detenta la docente Marisel del Carmen
TRUCCO (M.I.N° 20.465.998), en los términos
y condiciones que se consignan en la misma,
cuya copia forma parte integrante de este
instrumento legal como Anexo I, compuesto de
una (1) foja.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será
refrendado por el señor Ministro de Educación y
el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/kwcJHW
Decreto N° 15
Córdoba, 12 de Enero de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0111-061204/2013
-dos (2) cuerpos-, del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 0470/14 de la
Dirección General de Institutos Privados de
Enseñanza -Ministerio de Educación- se aprueba
el Plan de Estudios de la Carrera “Tecnicatura
Superior en Planificación Gerencial” -Opción
Pedagógica a Distancia-, que otorga el título de
“Técnico Superior en Planificación Gerencial”,
con una duración de tres (3) años, en el
“INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES
SIGLO 21 COLEGIO UNIVERSITARIO” -Nivel
Superior- de esta Capital, con efecto a Diciembre
de 2012 y por el término de dos cohortes.
Que conforme a las constancias documentales
e informativas incorporadas en autos y
prescripciones legales de rigor, la decisión se
ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los
requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos
estatuidos por la Ley Nº 5326, encontrándose tal
determinación técnica, administrativa e institucional
plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe
objeción alguna para la ratificación en esta
instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de
Educación con el N° 2040/2014, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 13/2015 y en uso de sus
atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución
N° 0470/14 de la Dirección General de Institutos
Privados de Enseñanza -Ministerio de
Educación- la que compuesta de una (1) foja útil,
se adjunta y forma parte del presente decreto,
por la que se aprueba el Plan de Estudios de la
Carrera “Tecnicatura Superior en Planificación
Gerencial” -Opción Pedagógica a Distancia-, que
otorga el título de “Técnico Superior en
Planificación Gerencial”, con una duración de tres
(3) años, en el “INSTITUTO DE ESTUDIOS
SUPERIORES SIGLO 21 COLEGIO UNIVER
SITARIO” -Nivel Superior- de esta Capital, con
efecto a Diciembre de 2012 y por el término de
dos cohortes.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será
refrendado por el señor Ministro de Educación y
el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/OXHqy4
Decreto N° 17
Córdoba, 12 de Enero de 2015
VISTO: el Expediente Nº 0111-061195/2013
-dos (2) cuerpos-, del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 0471/14 de la
Dirección General de Institutos Privados de
Enseñanza -Ministerio de Educación- se aprueba
el Plan de Estudios de la Carrera “Tecnicatura
Superior en Gestión Contable y Financiera” -
Opción Pedagógica a Distancia-, que otorga el
título de “Técnico Superior en Gestión Contable
y Financiera”, con una duración de tres (3) años,
en el “INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPE
RIORES SIGLO 21 COLEGIO UNIVER
SITARIO” -Nivel Superior- de esta Capital, con
efecto a Diciembre de 2012 y por el término de
dos cohortes.
Que conforme a las constancias documentales
e informativas incorporadas en autos y
prescripciones legales de rigor, la decisión se
ajusta a derecho, pues se encuadra dentro de la
normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los
requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos
estatuidos por la Ley Nº 5326, encontrándose tal
determinación técnica, administrativa e institucional
plasmada en la resolución de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe
objeción alguna para la ratificación en esta
instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo
dictaminado por el Área Jurídica del Ministerio de
Educación con el N° 2041/2014, por Fiscalía de
Estado bajo el N° 15/2015 y en uso de sus
atribuciones constitucionales,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCASE la Resolución
N° 0471/14 de la Dirección General de Institutos
Privados de Enseñanza -Ministerio de
Educación- la que compuesta de una (1) foja útil,
se adjunta y forma parte del presente decreto,
por la que se aprueba el Plan de Estudios de la
Carrera “Tecnicatura Superior en Gestión
Contable y Financiera” -Opción Pedagógica a
Distancia-, que otorga el título de “Técnico Supe-
rior en Gestión Contable y Financiera”, con una
duración de tres (3) años, en el “INSTITUTO
DE ESTUDIOS SUPERIORES SIGLO 21
COLEGIO UNIVERSITARIO” -Nivel Superior-
de esta Capital, con efecto a Diciembre de 2012
y por el término de dos cohortes.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será
refrendado por el señor Ministro de Educación y
el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/nUD3me
Decreto N° 20
Córdoba, 13 de Enero de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0111-056209/2006
-tres (3) cuerpos-, del Registro del Ministerio
de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran en el mismo las Resoluciones N°
0139/11 y su ampliatoria N° 0973/13 de la
Dirección General de Institutos Privados de
Enseñanza -Ministerio de Educación-, por las
que se otorga autorización de funcionamiento
para la Carrera “Profesorado de Educación
Física” en el Instituto Privado Adscripto “JOSÉ
MANUEL ESTRADA” -Nivel Superior- de Cor-
ral de Bustos, Departamento Marcos Juárez, que
otorga el título de “Profesor/a de Educación
Física”, con una duración de cuatro (4) años -
Modalidad Presencial-, se toma conocimiento de
su planta funcional y de su representación legal,
con efecto al Ciclo Lectivo 2007, estableciéndose
que tal concesión no significa derecho adquirido
alguno del propietario al aporte estatal, ni
obligación de la Provincia a otorgarlo.
Que conforme con las constancias
documentales e informativas incorporadas en
autos y prescripciones legales de rigor, la decisión
se ajusta a derecho, pues se encuadra dentro
de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los
requerimientos jurídicos-formales-pedagógicos
estatuidos por la Ley Nº 5326, encontrándose
tales determinaciones técnicas, administrativas e
institucionales plasmadas en las resoluciones de
marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe
objeción alguna para las ratificaciones en esta
instancia de los instrumentos legales en análisis.
Por ello y los Dictámenes Nros. 0870/12 del
Área Jurídica del Ministerio de Educación y 25/
15 de Fiscalía de Estado.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1º.- RATIFÍCANSE la Resolución
Nº 0139/11 y su ampliatoria N° 0973/13 de la
Dirección General de Institutos Privados de
Enseñanza -Ministerio de Educación- las que
compuestas de una (1) foja útil cada una, se
adjuntan y forman parte del presente Decreto,
por las que se otorga autorización de
funcionamiento para la Carrera “Profesorado de
Educación Física” en el Instituto Privado Adscripto
“JOSÉ MANUEL ESTRADA” -Nivel Superior-
de Corral de Bustos, Departamento Marcos
Juárez, que otorga el título de “Profesor/a de
Educación Física”, con una duración de cuatro
(4) años -Modalidad Presencial-, se toma
conocimiento de su planta funcional y de su
representación legal, con efecto al Ciclo Lectivo
2007, estableciéndose que tal concesión no
significa derecho adquirido alguno del propietario
al aporte estatal, ni obligación de la Provincia a
otorgarlo.
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será
refrendado por el señor Ministro de Educación
y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
PROF. WALTER GRAHOVAC
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/EXmz9T
Decreto N° 7
Córdoba, 9 de Enero de 2015
VISTO: el Expediente N° 0109-094236/2010
del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones obra la

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